Tribunal niega tutela de Marelen Castillo para aspirar al Senado
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá rechazó el amparo con el que la congresista buscaba revertir la decisión del CNE que anuló su inscripción por presunta doble militancia.
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La Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá negó la tutela presentada por la congresista Marelen Castillo Torres contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), que había anulado su inscripción como candidata al Senado por el Centro Democrático.
La decisión judicial mantiene en firme la determinación del CNE, que revocó la candidatura al considerar configurada la prohibición constitucional de doble militancia. El organismo electoral sostuvo que su condición de excandidata vicepresidencial y beneficiaria del Estatuto de la Oposición implicaba su afiliación automática al partido Liga de Gobernantes Anticorrupción.
El abogado Pedro Felipe Gutiérrez Sierra, apoderado de Castillo, había interpuesto recurso de apelación contra la sentencia del 25 de febrero de 2026, dentro del proceso relacionado con la negativa a permitir su inscripción como candidata al Senado.
La defensa argumentó que, aunque en 2022 Castillo fue candidata a la Vicepresidencia junto a Rodolfo Hernández por la Liga de Gobernantes Anticorrupción, tras las elecciones y el posterior reconocimiento de personería jurídica de esa colectividad, ella no tuvo injerencia en la conformación del partido, por lo que no debería configurarse doble militancia.
Según el apoderado, al no estar afiliada formalmente a un partido con personería jurídica y en ejercicio de su derecho fundamental a la participación política, aceptó la postulación al Senado para 2026 avalada por el Centro Democrático, inscripción que, afirmó, se presentó dentro de los términos y con el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales.
En un recurso previo de reposición, la defensa también sostuvo que la afiliación política es un acto personal, voluntario y expreso, que no puede presumirse únicamente por el reconocimiento de personería jurídica de una colectividad o por la asignación de una curul en aplicación del Estatuto de la Oposición.
Pese a estos argumentos, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá negó las pretensiones de la congresista y deja vigente así la anulación de su candidatura al Senado.