Si votó, estos son los beneficios que podrá obtener
Los beneficios obtenidos por votar en las elecciones legislativas se podrán reclamar hasta el 13 de abril.
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Este domingo, 13 de marzo, se realizaron las votaciones legislativas en Colombia y entre los hechos más destacados se encuentran los resultados de consultas interpartidistas que dieron como grandes ganadores a Federico Gutiérrez, Sergio Fajardo y Gustavo Petro.
Los tres entrarán entre los candidatos a las elecciones presidenciales que se realizarán el próximo 29 de mayo y, en caso de ir a la segunda vuelta, se realizará el 19 de junio.
Las personas que ejercieron su derecho al voto y quienes fueron elegidos como jurados de votación tendrán beneficios que podrán ser reclamados hasta el 13 de abril del presente año.
Según la Registraduría, el artículo 105 del Código Electoral establece que “los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo empleador dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de la elección”.
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Según el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, todas las personas que votan tienen derecho a media jornada de descanso.
“Todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima, podrá disponer de media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector”, menciona la Registraduría en su pagina oficial.
Por otro lado, según la página de la Registraduría, las personas que estén en igualdad de condiciones en un concurso abierto del Estado "tendrán beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto”.
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Otro beneficio que tienen los votantes es un 10 % de descuento en el valor de la expedición del pasaporte y en el valor del trámite inicial o duplicados de la libreta militar.
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