Empresas no podrán contratar estos cargos por prestación de servicios: Ley aprobó la medida
La nueva normativa no solo modificó recargos, jornadas y pagos adicionales, sino que también dejó un mensaje claro para las empresas.
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La reforma laboral vuelve a encender el debate entre empresas y trabajadores colombianos. Con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, muchas prácticas que durante años fueron comunes ya no serían avaladas por el Estado, en especial el uso de los llamados contratos por prestación de servicios para cargos que, en la práctica, funcionan como empleos formales.
La nueva normativa no solo modificó recargos, jornadas y pagos adicionales, sino que también dejó un mensaje claro: cuando hay subordinación, horarios y órdenes directas, no se puede hablar de independencia. Este cambio obliga a las empresas a revisar con detenimiento sus esquemas de contratación.
La ley endureció las reglas y ajustó el marco de contratación en el país. Los contratos a término fijo no podrán extenderse por más de tres años; de hacerlo, se convertirían automáticamente en indefinidos. Además, el Código Sustantivo del Trabajo reafirma que la prestación de servicios no admite subordinación ni cumplimiento de horarios.
En ese sentido, Lina Rood, especialista en seguridad social, señaló que existen cargos que, por su naturaleza, no pueden vincularse bajo esta modalidad. Entre ellos se encuentran:
Según explica la experta, estas labores suelen exigir turnos, continuidad y órdenes directas, lo que configura claramente una relación laboral.
Rood también advirtió que muchos contratos que se presentan como “independientes” no lo son en la práctica, pues existe subordinación, horarios definidos y dependencia económica, aspectos que ahora serán revisados caso por caso.
Y no se trata solo de una advertencia. El Ministerio del Trabajo ya ha realizado visitas sorpresa a varias empresas, incluidas grandes cadenas de supermercados, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la ley y ajustar aquellas prácticas que no se alinean con la nueva reforma laboral.