La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra las distribuidoras de combustible Terpel, Chevron, Biomax, Primax y la Asociación de Distribuidores Minoristas de Combustible y Derivados del Petróleo de Nariño, ADICONAR, por la presunta coordinación y ejecución de una estrategia para obstaculizar el ingreso de nuevos agentes mayoristas al mercado de distribución de combustibles en el departamento de Nariño.
Además, otras 46 distribuidoras minoristas de combustible líquido también serán investigadas por la SIC, ya que habrían incurrido en la misma práctica.
En el pliego de cargos, la Superintendencia requirió a los investigados una explicación sobre el ejercicio masivo, reiterado e injustificado de más de 45 acciones judiciales y administrativas ante diversas autoridades para impedir que nuevos distribuidores mayoristas construyeran plantas de abastecimiento en la frontera con Ecuador.
“Presuntamente, pretendían (las distribuidoras) que ningún agente pudiera obtener el primer orden de prelación para la actividad de distribución”, dice la SIC.
Cabe mencionar que, si un distribuidor mayorista construye una planta de abastecimiento en el departamento de Nariño, tendrá la prioridad de venta, es decir que, los demás distribuidores mayoristas solo pueden atender la demanda de combustibles que no hubiera atendido el distribuidor que tuviera el primer orden de prelación.
La estrategia anticompetitiva que la SIC investiga habría logrado que el esquema de abastecimiento definido por la regulación para incentivar la construcción de plantas de abastecimiento en Nariño fuera suspendido, en detrimento de los consumidores del departamento de Nariño, que no se vieron beneficiados con una reducción del riesgo de desabastecimiento de combustibles líquidos y una eventual reducción de precios de los combustibles líquidos.
En el evento de que se comprueben las conductas mencionadas, la SIC podrá imponer a cada persona jurídica multas de hasta de 100.000 SMLMV, equivalentes a $116.000.000.000, y a las personas naturales que hubieran colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas, multas de hasta de 2.000 SMLMV, equivalentes a $2.320.000.000.
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