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JEP excluye a tres militares investigados por masacre de Santo Domingo en Tame, Arauca

La JEP argumentó falta de compromiso con las víctimas y por eso tomó esta decisión.

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Foto: AFP

El 13 de diciembre de 1998 se perpetró una masacre en el caserío Santo Domingo, los hechos ocurrieron en el departamento de Arauca, cuando la Fuerza Aérea lanzó una operación dirigida contra cerca de 250 miembros de los frentes 10 y 45 de las FARC, quienes se encontraban en el sector. Durante los hechos murieron 17 personas y 21 más resultaron heridas, entre los que se encontraban menores de edad, mujeres y adultos mayores, uno de ellos ciego.

La tripulación del helicóptero estaba conformada por el entonces teniente Cesar Romero Padilla, quien era el piloto; el teniente Johan Jiménez Valencia, copiloto; y Héctor Mario Hernández, técnico de la aeronave. Cesar Romero y Johan Jiménez tienen una sentencia condenatoria por estos hechos, pues no habrían cumplido con lo ordenado por el derecho internacional humanitario durante el bombardeo.

Asimismo, el teniente Germán David Lamilla habría sido cómplice en los hechos por entregar las coordenadas de la zona donde se presentó el ataque, mientras que la tropa fue comandada por el coronel Sergio Andrés Garzón Vélez, quien ha sido investigado en la justicia ordinaria por su participación en el operativo.

La JEP tiene competencia para investigar los hechos que ocurrieron en el marco del conflicto armado, asimismo para llamar a los miembros de la fuerza pública que considere y puedan estar involucrados en diferentes delitos. Ante esto, le solicitaron a Cesar Romero y Johan Jiménez que entregaran un compromiso de verdad que nunca llegó. Mientras que Germán Ladilla aseguró que no quería someterse a la justicia transicional.

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Por eso la JEP le hizo a Romero y a Jiménez un llamado de atención asegurando que no están aportando a la verdad ni a reparar a las víctimas, recordándoles que tienen una sentencia condenatoria: "No acatar los requerimientos realizados por la JEP constituye una conducta reprochable, en particular si se considera que los comparecientes en su calidad de servidores públicos, y al ostentar altos rangos dentro de las Fuerza Aérea, deberían ser un ejemplo en el cumplimiento de lo establecido en la Constitución y la ley".

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Ante esto, la JEP le pidió a la justicia ordinaria que se sancione a Cesar Romero y Johan Jiménez, mientras que en el caso de Germán Lamilla deberá enfrentar un juicio por el delito homicidio múltiple en concurso homogéneo.

En el caso de Sergio Andrés Garzón, investigado por los hechos, la JEP explica que, por su calidad de agente del Estado miembro de la fuerza pública, debe comparecer obligatoriamente en la justicia transicional, por lo que decidieron asumir la competencia del caso.

"Inicialmente se requerirá al señor Sergio Andrés Garzón para que, dentro del término de diez días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución, presente de manera concreta, programada y clara, cuáles serán sus formas de contribución al esclarecimiento de la verdad a favor de las víctimas y la sociedad, las modalidades de reparación y las garantías de no repetición", dijo la JEP.

Asimismo, sobre Germán Lamilla explica que al no querer someterse no tiene un compromiso con el sistema para la paz ni con las víctimas, por lo que el proceso continuará en la justicia ordinaria.

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