¿Por qué la JEP negó la garantía de no extradición a Gómez España y a Younes?
BLU Radio conoció que esta decisión, al igual que la de ‘Santrich’, estuvo dividida.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Mientras llega a la Corte Suprema de Justicia el expediente para resolver la competencia de la juez en el caso de ‘Jesús Santrich’, Blu Radio conoció detalles de la decisión de la JEP de no impedir la extradición de Armando Gómez España y Fabio Simón Younes, incluidos en el mismo indictment de Estados Unidos contra Santrich.
BLU Radio conoció que el principal argumento para que 4 de los 5 magistrados de la sección de revisión de la JEP decidieran no cobijar con la garantía de no extradición a Gómez España y a Younes es que en el indictment o la acusación los dos aparecen como pertenecientes a la entonces guerrilla de las Farc.
En el indictment, al que tuvo acceso Blu Radio, las autoridades estadounidenses dicen: “En todo momento pertinente para esta acusación formal alias Jesús Santrich, Marlon Marín, Armando Gómez alias el doctor y Fabio Simón Younes, los acusados fueron miembros y socios de las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia, las FARC”.
Vea también: Casos de ‘Santrich’ y ‘El Paisa', nuevamente en la JEP este miércoles
Por esta razón, los magistrados negaron la garantía, pues ni Gómez España ni Younes fueron o son guerrilleros.
Lo que intenta decir la JEP con esta decisión es que, si solo se hubieran dedicado a estudiar la fecha del envío de las 10 toneladas de cocaína, tendrían que haberle concedido la garantía de no extradición a los dos presuntos narcotraficantes aceptando la categoría que les dio Estados Unidos.
Sin embargo, BLU Radio conoció que esta decisión, al igual que la de ‘Santrich’, estuvo dividida. La magistrada Claudia López hizo salvamento de voto, aclarando que la acusación de Estados Unidos es suficiente para considerar que estas dos personas sí pertenecían a la extinta guerrilla de las Farc.
Publicidad
Publicidad