Radican tutela al CNE por parálisis en investigación contra la campaña Petro Presidente
El abogado Hollman Ibáñez recordó que el pasado 20 de mayo presentó la recusación contra la magistrada del Pacto Histórico, Alba Lucía Velásquez.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Aunque desde hace varios meses había una gran expectativa por cuenta de la investigación formal que abrió el Consejo Nacional Electoral en contra de la campaña Petro Presidente 2022 por presunta violación de topes y financiación prohibida, la realidad es que es este proceso se encuentra estancado.
En los últimos días, y luego de que la Corte Constitucional determinara que el presidente Gustavo Petro solo podía ser investigado y juzgado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara, el debate se volvió a poner sobre la mesa por cuenta de la caducidad en la que estaría entrado el proceso sancionatorio.
Y es que hay que recordar que según el Código de Procedimiento Administrativo en su artículo 52: “la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caduca a los tres (3) años de ocurrido el hecho.
Es decir, el Consejo Nacional Electoral cuenta con tres años posteriores a la presentación de las cuentas de la campaña de primera y segunda vuelta presidencial para investigar y eventualmente sancionar al exgerente de la campaña, Ricardo Roa; a la tesorera Lucy Aidée Mogollón; a los auditores María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus Gómez; a los auditores Mary Lucy Soto y a los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica.
Aunque varias voces, entre ellas los apoderados del Partido Colombia Humana han solicitado que se declare la caducidad del proceso, ya que los tres años se cumplieron el pasado 29 de julio en el caso de la primera vuelta y se cumplirán el próximo 19 de agosto en el caso de la segunda vuelta; la realidad es que los términos del procesos se han corrido y actualmente están suspendidos.
Según fuentes al interior del CNE, consultadas por BLU Radio, son dos los motivos de que los magistrados investigadores tengan un poco más de tiempo: el primero, el tiempo que la Sala de Consulta y Servicio Civil Consejo de Estado se tomó para dirimir el conflicto de competencias entre la Comisión de Acusaciones y el CNE; y segundo, una recusación presentada contra la magistrada Alba Lucía Velásquez que aún no ha sido resuelta.
Precisamente por este último hecho, el abogado Hollman Ibáñez Parra presentó una acción de tutela contra el CNE, al considerar que se le han vulnerado varios derechos fundamentales al no resolverse la recusación contra Velásquez.
Publicidad
Aunque la ley determina que esta recusación debía ser resuelta por la magistrada en los cinco días siguientes de presentado el recurso jurídico, esta no lo ha hecho, por lo que la Sala Plena del CNE no ha podido analizar y decidir si sanciona o no a la campaña por presuntamente haber sobrepasado los topes en cerca de $5.355 millones de pesos.
En un comunicado, el litigante recordó que el pasado 20 de mayo presentó la recusación contra la magistrada del Pacto Histórico ya que a su consideración, esta no podía decidir frente a la campaña del Presidente de la República, al haber sido testigo electoral tanto en la primera como en la segunda vuelta; por lo que se debe apartar del caso.