En diálogo con BLU Radio, el secretario de Seguridad de Bogotá, Hugo Acero, habló sobre la inseguridad en la capital del país y las medidas que se han implementado después del asesinato del patrullero Edwin Caro.Agregó el decreto va más allá de la medida del parrillero, es un tema de calidad y mejoramiento para los domiciliarios.El secretario de Seguridad afirmó que se adelanta un proyecto con las empresas desde hace varios meses con el que se busca que la maleta de los domiciliarios estén identificadas con las empresas, el número de placa y hasta con el nombre mismo, con el fin de mejorar la seguridad de ellos y los usuarios.Sobre el uso de armas de fogueo y traumáticas dijo que deben haber medidas de compra, exportación y comercialización de estos elementos.Asimismo afirmó que el homicidio en Bogotá ha bajado en los últimos años, pero el crimen y el sicariato estructural ha aumentado."Es un tema que preocupa, por eso empezamos un trabajo con la Fiscalía y Policía para la identificación de bandas criminales", dijo.Escuche la entrevista completa en el audio adjunto:
El gobierno español, sindicatos y la patronal han acordado introducir en la legislación laboral que los repartidores a domicilio de plataformas como Deliveroo y UberEats sean considerados asalariados, una primicia en Europa, anunció la ministra de Trabajo."Son ya trabajadores asalariados y van a gozar de todas las protecciones", indicó Yolanda Díaz en rueda de prensa. La decisión, pionera en el continente, busca regular el estatus de estos repartidores, cuyo número se multiplicó en los últimos años y que en numerosas ocasiones denunciaron la precariedad que padecen en España
El doctor Jorge Toro, director ejecutivo de la Unión de IPS de Colombia, habló sobre el avance en el agendamiento de usuarios para la jornada de vacunación del personal de salud en el país."Hemos ido avanzando. Ya con las dosis que MinSalud nos han asignado hemos podido ir terminando de cubrir la primera línea de atención. Vamos avanzando muy bien", indicó Toro en BLU Radio.¿Cuánto personal de la primera línea de atención hace falta?"Nos queda faltando un 30% del personal de la primera línea de atención por vacunar. Se ha priorizado las IPS con UCI".¿De cuántas personas estamos hablando?"Un millón de personas de la primera línea estarían pendientes de la vacuna. Creo que ya llevamos un alto número de vacunación con 169.000 vacunas aplicadas".¿Ya se tienen consolidada las bases de datos?"Sí, el tema de registro está en un 90%. La responsabilidad del agendamiento y aplicación de la vacuna quedó en manos de las IPS". ¿Cuándo comenzará la vacunación a domicilio para casos especiales?"Depende del grado de afectación de la población. Ya hemos ido a vacunar a hogares geriátricos y estamos avanzando en otra población que no tiene la capacidad de llegar a las IPS. En el agendamiento que nos asignan a través de las EPS vamos haciendo esa canalización de la población a la que debemos llegarle a la casa".Escuche aquí la entrevista completa:
Este jueves el presidente Iván Duque anunció que por medio del decreto 0222, se amplió la emergencia sanitaria en Colombia hasta el 31 de mayo de 2021.La nueva resolución establece responsabilidades en los mandatarios locales en la implementación del plan nacional de vacunación y especifica que ni este ni sus fases podrán ser modificadas o alteradas.Además, Daniel Palacios, ministro del Interior, explicó que a la par con la emergencia sanitaria regirá el decreto de orden público que establece que a partir de ahora los restaurantes no requieren ningún tipo de piloto y están autorizados a vender y consumir licor en sus instalaciones.“Se autoriza el consumo de bebidas embriagantes en restaurantes y se mantiene la prohibición de consumo en espacios públicos y establecimientos de comercio. Se permite el expendio de bebidas embriagantes y su comercialización a través de plataformas digitales o domicilios”, comunicó el ministro del Interior a través de su cuenta de Twitter.Palacios también hizo un llamado a los gobernadores y alcaldes para “ejercer estricta vigilancia para hacer cumplir los protocolos de bioseguridad y la toma de las medidas sancionatorias por su incumplimiento”.
El jardín infantil Monachos, ubicado en el suroccidente de Bogotá, se quedó con todo listo para iniciar las clases en alternancia este año porque el segundo brote de la pandemia echó al traste los planes. Así que adoptó una nueva estrategia: maestras domiciliarias.La visita dura cincuenta minutos y la idea surgió luego de escuchar las quejas de los padres y madres sobre sus dificultades para mantener la atención de niños de cuatro años en una pantalla o para ayudarlos a conectarse a las clases virtuales mientras trabajan en casa. Hasta el momento ha sido un éxito entre las familias que decidieron pagar el jardín este año.Detrás de la idea no solo está el deseo de enseñar, sino también el de sobrevivir a la aguda crisis económica que afronta la educación infantil privada."Muchas instituciones educativas han tenido que cerrar sus puertas y para nosotros poder sobrevivir y mantenernos al día tenemos que pensar en una manera diferente de sacar la educación del aula", agregó.Desde la semana anterior, un grupo de padres, madres y dueños de jardines infantiles se unieron en una iniciativa llamada 'La revolución de los columpios', que pide a las autoridades el regreso presencial de jardines y guarderías.Argumentan que, además de los problemas económicos, el que no haya una fecha cierta de regreso prolonga de manera indefinida el encierro de los niños y los efectos negativos sobre su desarrollo.
La Alcaldía de Bogotá publicó el decreto con el que se formalizan los anuncios realizados sobre toque de queda, cuarentenas y restricciones a la movilidad desde este mismo viernes.La alcaldesa de Bogotá decretó la alerta roja hospitalaria en la capital ante el rebrote del coronavirus que amenaza con desbordar la ocupación de camas de UCI en la ciudad.Las medidas anunciadas son:Toque de queda nocturno desde las 8:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada, desde el martes 12 de enero hasta el domingo 17 de enero.Restricción total de la movilidad en Bogotá desde el jueves 7 de enero a las 11:59 de la noche, hasta el martes 12 de enero a las 4:00 de la madrugada.Se mantiene la cuarentena estricta en las localidades de Usaquén, Suba y Engativá, hasta el 17 de enero a las 11:59 de la noche.A partir del martes 12 de enero continuará cuarentena estricta en las localidades de Kennedy, Fontibón y Teusaquillo hasta el 21 de enero a las 11:59 de la noche.Estas son las excepciones, de acuerdo con el decreto publicado por la Alcaldía de Bogotá:Atención y emergencias médicas y veterinarias, incluyendo los servicios de ambulancias, sanitario, atención prehospitalaria, la distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y aquellos destinados a la atención domiciliaria, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicios a la cual pertenecen.Abastecimiento y distribución de combustible.La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (i) insumos para producir bienes de primera necesidad; (ii) bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, reactivos de laboratorio, dispositivos médicos, elementos de aseo y limpieza -, (iii) alimentos y medicinas para mascotas, (iv) insumos agrícolas y demás elementos y bienes necesarios para atender la emergencia sanitaria, así como la cadena de insumos relacionados con la producción de estos bienes. La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y por entrega a domicilio.Comercio electrónico. La compra, venta, abastecimiento, envío, entrega de bienes y mercancías podrán ser realizados mediante las empresas que prestan servicios de comercio electrónico y plataformas tecnológicas (tales como empresas de economía colaborativa y domicilios), las empresas postales (en cualquiera de sus modalidades), las empresas de mensajería, los operadores logísticos y los servicios de transporte de carga, dándole prioridad a los bienes de primera necesidad.Para el efectivo cumplimiento de lo anterior, las empresas podrán realizar las actividades de recepción, clasificación, despacho, transporte, entrega y demás actividades de la cadena. El envío y entrega de estos productos podrá realizarse en locales de drop off de servicios de empresas de mensajería y/o paquetería, así como mediante los vehículos habilitados para prestar servicios postales y de transporte de carga.La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar.La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energía, aseo, gas natural, gas licuado de petróleo, alumbrado público e infraestructura crítica de TI y servicios conexos, servicios de telecomunicaciones, BPO, centros de servicios compartidos, redes y data center, debidamente acreditados por las respectivas empresas públicas y privadas o sus concesionarios acreditados.Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.La prestación de servicios: (i) bancarios, (ii) financieros, (iii) de operadores postales de pago, (iv) profesionales de compra y venta de divisas, (v) centrales de riesgo, (vi) transporte de valores, (vii) vigilancia, seguridad privada y de empresas que presten el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas, zonas comunes de edificaciones y las edificaciones en las que se desarrollen las actividades en donde se desarrollen las actividades de que trata el presente artículo. (viii) actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos, (ix) expedición licencias urbanísticas, (x) centros de diagnóstico automotor.Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado.Los programas sociales indispensables que requieren continuidad del servicio a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF, la Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaría Distrital de la Mujer, Secretaría Distrital de Educación e IDIPRON, los asociados a la distribución de raciones del Programa de Alimentación Escolar - PAE, así como aquellas actividades docentes y de distribución de material que hagan parte de la estrategia de educación no presencial de instituciones educativas oficiales y no oficiales.El personal indispensable para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación debidamente acreditados.El personal indispensable para asegurar la alimentación, atención e higiene de los animales que se encuentren confinados o en tratamiento especializado. Una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 20 minutos, en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 7:59 p.m.El personal indispensable para la ejecución de obras civiles públicas que se adelanten en la ciudad. Las obras civiles privadas incluyendo las remodelaciones, podrán continuar con sus labores siempre y cuando las adelanten con personal que no provenga de las localidades declaradas en cuarentena estricta, durante el periodo de vigencia de la misma.Las empresas que producen insumos de construcción para el desarrollo de las obras civiles privadas y públicas podrán mantener su producción y procesos de entrega ininterrumpida para abastecer dichas obras.El personal para la ejecución de las actividades estrictamente necesarias para operar y realizar los mantenimientos indispensables de empresas, plantas industriales o minas, del sector público o privado, que por la naturaleza de su proceso productivo requieran mantener su operación ininterrumpidamente.Las actividades de la industria hotelera y servicios de hospedaje.Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano.Todas las personas que presten el servicio público de transporte, incluyendo al personal de Transmilenio S.A., personal de apoyo al alistamiento de vehículos zonales y troncales pertenecientes a las concesiones de Transmilenio S.A.; conductores zonales y troncales de Transmilenio S.A.; gestores de convivencia y mediadores de Transmilenio S.A.; personal vinculado a las interventorías de Transmilenio S.A.; personal vinculado a la concesión del SIRCI de Transmilenio S.A.; personal de vigilancia de las estaciones, portales y patios de Transmilenio S.A., fuerza operativa vinculada a la prestación del servicio de Transmilenio S.A.; personal de limpieza y mantenimiento de la infraestructura de Transmilenio S.A.; así como el servicio público individual de taxis, siempre y cuando se solicite telefónicamente o a través de plataformas, para la realización de alguna de las anteriores actividades o prestación de esos servicios.Personal operativo y administrativo de los terminales de transporte, así como los conductores y pasajeros que tengan viajes intermunicipales programados durante el periodo de restricción, debidamente acreditados.Personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá D.C., programados durante el periodo restricción, debidamente acreditados con el documento respectivo, tales como pasabordos físicos o electrónicos o tiquetes, entre otros.La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales exclusivamente para la comercialización de los productos y servicios a los que se refiere el artículo I del presente decreto.El desplazamiento y comparecencia de funcionarios y personas interesadas en la gestión de actividades que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas.Las personas que retornan al Distrito Capital vía terrestre, así como aquellas que se desplazan a sus ciudades de origen desde la ciudad de Bogotá D.C. o que cuenten con viajes intermunicipales previamente programados.El desarrollo de actividad física individual al aire libre, por un período máximo de una (1) hora al día, excepto la denominada de alto rendimiento. Los niños y adolescentes deberán estar acompañados de un adulto cuidador, quien podrá hacerse cargo máximo de tres menores de edad.
En una carta dirigida a los ministerios del Interior, Comercio y Salud, el comité de gremios del turismo de Bogotá pidió que se extiendan los horarios para los domicilios en Bogotá. De acuerdo con la misiva, imponer toque de queda a las 8:00 de la noche implica cerrar operaciones a las 7:00 de la noche, lo que causaría graves pérdidas. "Es importante mantener el canal de domicilios, pero no servirá de nada si la hora máxima de operación es las 8:00 de la noche. El 50 % de las ventas se dan entre las 6:00 y las 10:00 de la noche y una imposición de toque de queda a las 8:00 de la noche significa el cierre de operaciones a las 7.00 de la noche, decisión que llevará a muchos comerciantes a cerrar definitivamente el punto de venta, dadas las pérdidas derivadas de la medida", indicó el comité. "Los domicilios deben estar habilitados hasta las 11:00 de la noche, para tratar de sobrevivir mientras se dan la restricciones", añadió la comunicación.De acuerdo con los gremios del turismo en Bogotá, las medidas que entraron a regir en Bogotá este martes debieron anunciarse por lo menos con una semana de anticipación, con el fin de mitigar los impactos negativos en las empresas formales. Además, las organizaciones pidieron mano dura contra el comercio informal, que no son objeto de inspección, vigilancia ni control. Las medidas que rigen en Bogotá Alarmada por la alta ocupación de las unidades de cuidados intensivos y por la velocidad de los contagios, la Alcaldía de Bogotá ordenó el confinamiento a partir de este martes de 2,5 millones de personas que viven en tres zonas del norte y el noroccidente de la ciudad.La capital colombiana, el principal foco de contagio en el país, tiene 480.219 casos confirmados de coronavirus, de los cuales 38.433 siguen activos, mientras que 9.981 personas han fallecido y hay pacientes en 1.362 de las 1.752 UCI habilitadas para atender la pandemia, es decir una ocupación del 77,7 %.Por eso, el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, anunció que Usaquén, Suba y Engativá, 3 de las 20 localidades que conforman la ciudad, entrarán en una cuarentena de dos semanas, hasta el 18 de enero, con el objetivo de "salvar vidas" y "garantizarle a todos los bogotanos el acceso a los servicios hospitalarios".
Desde las 11:59 de la noche de este miércoles 23 de diciembre empezará a regir la restricción que restringe el consumo y la venta de bebidas alcohólicas en Bogotá. La medida, que irá hasta las 11:59 de la noche del domingo 27 de diciembre, tiene como finalidad contener los contagios de COVID-19. Una duda que asalta a quienes tienen por costumbre beber licor en las festividades es si la medida aplicará para los domicilios. Al respecto, la alcaldesa Claudia López hizo la aclaración en Mañanas BLU. "No tienen restricción de horarios", aclaró la mandataria. La restricción a la venta de bebidas alcohólicos en establecimientos también regirá desde las 11:59 de la noche del 30 de diciembre hasta las 11:59 de la noche del 1 de enero de 2021. Claudia López justificó las medidas por el incremento de los contagios de coronavirus. "Estamos tomando estas medidas porque está volviendo a subir de manera acelerada el contagio y tenemos que controlar la velocidad", dijo, La alcaldesa, además, hizo una dura advertencia a quienes incumplan las restricciones: pasarán la Navidad en un centro de protección."Se va para el centro de traslado por protección, no lo van a judicializar, no está cometiendo un delito, pero sí está violando una norma del Código de Policía", explicó.La mandataria pidió mesura a los bogotanos en cuanto a contactos personales y recomendó a quienes quieran ver a sus seres queridos en Año Nuevo, que se aíslen por lo menos ocho días. Además, aseguró que lo mejor es que en las festividades sean "zanahorias", con poco licor."Tenemos que suspender la venta y consumo de alcohol, tenemos que poner pico y cédula para bajar el nivel de aglomeración y circulación de la gente en zonas comerciales; y tenemos que tener mucho cuidado en las reuniones familiares que sea solo la del círculo familiar: papá, mamá, hermano, ya. Si es que viven con los abuelos, los abuelos. No es que vayan a traer al amigo que no han visto, al primo, a los tíos, que se forma una manada de cincuenta con mucho riesgo", dijo.La alcaldesa manifestó su confianza porque la situación en la ciudad mantenga controlada en cuanto a la pandemia y dijo que cree que se necesite de un centro de atención de contingencia como Corferias.Escuche a Claudia López en entrevista con Mañanas BLU:
A través de un comunicado, Uber informó que su servicio a domicilio de comida, Uber Eats, se va de Colombia a partir del 22 de noviembre.“Después de más de tres años desde nuestra llegada a Colombia para ofrecer una opción de compra y entrega de comida conveniente y confiable junto a cientos de restaurantes, lamentamos comunicarte que la aplicación Uber Eats dejará de estar disponible en Colombia a partir del 22 de noviembre de 2020”, dice la comunicación.La plataforma, que opera en 10 ciudades del país, dice que ahora su prioridad es minimizar en lo posible el impacto en restaurantes asociados, socios repartidores y usuarios.“Estamos profundamente agradecidos con toda nuestra comunidad de Uber Eats en Colombia por su apoyo en estos tres años”, manifestó.
En el Congreso de la República cursan varios proyectos de ley que buscan reglamentar las formas de contratación de los repartidores de las plataformas digitales que funcionan en Colombia.El senador Rodrigo Lara habló en BLU 4.0 sobre los costos de intermediación en las plataformas, pues señaló que son muy altos y en cambio, los ingresos para las empresas son crecientes."Las plataformas operan como un rentista del trabajo porque uno esperaría que cobraran el 6% o el 7% de cada diligencia por el servicio prestado, pero en este caso les cobran el 25% a los domiciliarios, lo que se constituye en una renta", afirmó.Así mismo, agregó las plataformas deberían asumir los pagos de seguridad social para que ese sea un costo que no se le traslade al repartidor. La iniciativa hace parte de un proyecto de ley radicado por el senador Lara y el exsenador Álvaro Uribe Vélez, que se suma al del Gobierno Nacional y al del representante a la Cámara Mauricio Toro.BLU 4.0 es el programa sobre economía digital, innovación y emprendimiento de BLU Radio conformado por Juan Manuel Ramírez M, Juan David Aristizabal y Mónica Zuluaga. Escúchelo de lunes a viernes de 9 a 10 de la noche.
Conozca los resultados del sorteo del chance La Caribeña Noche. Este sorteo se realiza todos los días, incluso los días festivos.Resultado Caribeña NocheEl número ganador del último sorteo de Caribeña Noche de este viernes, 18 de mayo, es el número:Tres últimas cifras: Tres primeras cifras: Cuatro cifra: Conozca todos los resultados de los sorteos anteriores de Caribeña Noche¿Cuál fue el último resultado de Caribeña Noche?El número ganador del último sorteo de Caribeña Noche de este viernes, 17 de mayo, es el número: 7264
Este sábado, 18 de mayo, se llevó a cabo el sorteo del chance Super Astro Luna, uno de los juegos de azar más famosos de Colombia, y al igual que Super Astro Sol, se juega diariamente.El sorteo se realiza de lunes a sábado a las 10:50 de la noche, mientras que los domingos juega a las 8:30 de la noche y cuenta con tres oportunidades de ganar con una misma apuesta.Plan de premios Super Astro Sol y Super Astro Luna4 cifras + signo = Paga $42.000 veces lo apostado3 cifras + signo = Paga $1.000 veces lo apostado2 cifras + signo = paga $100 veces lo apostado.El acierto de las cifras es en estricto orden.El Super Astro Luna es idéntico al Super Astro Sol, con la única diferencia que este último se juega de día.Conozca los resultados del último sorteo de Super Astro Luna de este sábado, 18 de mayo: Dos últimas cifras: Tres últimas cifras: Cuatro cifras: Conozca todos los resultados de los sorteos anteriores de Super Astro Luna¿Cuál fue el resultado de Super Astro Luna chance de ayer 17 de mayo de 2024?Conozca los resultados del último sorteo de Super Astro Luna de este viernes, 17 de mayo: 9396 - Aries
Este sábado, 18 de mayo de 2024, se llevó a cabo el sorteo de Baloto 2399, con un acumulado de 9.00 millones de pesos. Asimismo, se sorteó el Baloto Revancha, que tiene como premio total 7.000 millones de pesosConozca los resultados del último sorteo de Baloto:Resultados Baloto:Baloto: Súper balota: Baloto Revancha:Baloto Revancha: Súper balota: Resultados de chance del sábado, 18 de mayo de 2024:Dorado mañana: 9789Dorado Tarde: 5363Culona Día: 0028Super Astro Sol: 4503 - EscorpionSuper Astro Luna: Pijao de oro:Paisita día: 4059Paisita noche: Chontico día: 9675Chontico noche: Cafeterito tarde: 9474Cafeterito noche:Sinuano día: 5758Sinuano noche:Cash three día: 325Cash three noche: Play four día: 2827Play four noche: Saman día: 8966Caribeña día: 6614Caribeña noche: Motilón Tarde: 2540Motilón Noche: Fantástica día: 2417Fantástica Noche:Antioqueñita Día: 9598Antioqueñita Tarde: 7133Culona noche:
Estos son los resultados completos del último sorteo de la Lotería de Boyacá, Cauca y Baloto que jugaron este sábado, 18 de mayo de 2024.Revise bien y verifique si su boleto está entre los ganadores.Resultados Lotería de BoyacáEl número ganador es el xxxx de la serie xxxResultados Lotería de Boyacá:Resultados Lotería del Cauca:Conozca los resultados del último sorteo de Baloto:Resultados Baloto:Baloto: Súper balota: Baloto Revancha:Baloto Revancha: Súper balota: Resultados de chance del sábado, 18 de mayo de 2024:Dorado mañana: 9789Dorado Tarde: 5363Culona Día: 0028Super Astro Sol: 4503 - EscorpionSuper Astro Luna: Pijao de oro:Paisita día: 4059Paisita noche: Chontico día: 9675Chontico noche: Cafeterito tarde: 9474Cafeterito noche:Sinuano día: 5758Sinuano noche:Cash three día: 325Cash three noche: Play four día: 2827Play four noche: Saman día: 8966Caribeña día: 6614Caribeña noche: Motilón Tarde: 2540Motilón Noche: Fantástica día: 2417Fantástica Noche:Antioqueñita Día: 9598Antioqueñita Tarde: 7133Culona noche:
La Lotería del Cauca se juega este sábado, 18 de mayo de 2024, con el sorteo 2507, que entrega un millonario premio mayor de 5.555 millones de pesos.El número xxxx de la serie xxx resultó ganador del premio mayor de la Lotería del Cauca, que juega todos los sábados a las 11:00 de la noche.Resultados completos de la Lotería del Cauca:Resultados de chance del sábado, 18 de mayo de 2024:Dorado mañana: 9789Dorado Tarde: 5363Culona Día: 0028Super Astro Sol: 4503 - EscorpionSuper Astro Luna: Pijao de oro:Paisita día: 4059Paisita noche: Chontico día: 9675Chontico noche: Cafeterito tarde: 9474Cafeterito noche:Sinuano día: 5758Sinuano noche:Cash three día: 325Cash three noche: Play four día: 2827Play four noche: Saman día: 8966Caribeña día: 6614Caribeña noche: Motilón Tarde: 2540Motilón Noche: Fantástica día: 2417Fantástica Noche:Antioqueñita Día: 9598Antioqueñita Tarde: 7133Culona noche: