Listo el decreto que regula el servicio de los domiciliarios en Bogotá: esto es lo que debe saber
Las medidas buscan fortalecer la seguridad de Bogotá y garantizar el uso adecuado del espacio público.
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Después de llegar a varios acuerdos con los representares de las plataformas de domicilios, la Alcaldía de Bogotá expidió el decreto 82 donde dicta diferentes medidas para “fortalecer la seguridad de la ciudad y garantizar el uso adecuado del espacio público” por parte de las empresas y aplicaciones tecnológicas que intermedian o habilitan servicios de entrega de domicilios en la capital.
Las empresas deberán:
De la misma forma, los restaurantes y negocios deberán disponer de espacios iguales dentro de sus instalaciones o en otro lugar, para que los domiciliarios puedan parquear y esperar en espacios demarcados y la entrega del pedido. Además, deberán facilitar la utilización del baño a los domiciliarios cuando lo requieran.
Los domiciliarios deberán:
En primer lugar, desde este sábado 20 de marzo, no podrán transitar con parrillero en sus motocicletas mientras estén prestando la actividad de domicilio. Esta medida se extenderá hasta el final de este año y quienes la incumplan podrán tener multas y la inmovilización del vehículo.
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Finalmente, la Secretaría Distrital de Gobierno se compromete a realizar reuniones de seguimiento de estas medidas y emitir alertas en caso de incumplimiento.