¿Choque de trenes por objeciones a Ley estatutaria de JEP? Opinión de Ricardo Ospina
Este miércoles, la Corte Constitucional podría definir el futuro de las objeciones del presidente Duque.
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Hoy la Corte Constitucional podría definir el futuro de las objeciones del presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz.
En un ambiente muy dividido, la Sala Plena de la Corte va a definir si responde hoy o dentro de una semana a dos solicitudes que han llegado: la del presidente de la Cámara de Representantes, el liberal Alejandro Carlos Chacón que pide a los magistrados que definan si las objeciones son por inconveniencia, como dice el presidente, o si son por inconstitucionales, como dicen otros sectores, caso en el que tendrían que “caerse”.
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La otra petición fue radicada el pasado 14 de marzo por el Procurador Fernando Carrillo, quien le pide a la Corte que considere improcedentes las objeciones a los seis artículos de la ley estatutaria y proceda a reenviar el proyecto al presidente Iván Duque para su sanción.
Aunque todo puede cambiar en la Sala Plena, el magistrado Antonio José Lizarazo, quien redactó la sentencia que hoy genera la controversia pondrá a disposición de sus colegas un documento que contempla los siguientes elementos:
- La Corte sí tendría competencia para pronunciarse en torno a las peticiones de Chacón y del procurador Carrillo, porque es seguimiento a una sentencia de la Corte y tiene control automático con base en el ‘fast track’.
- El presidente sí tiene competencia para objetar una ley estatutaria en condiciones normales, pero en circunstancias especiales como esta, relacionada con el acuerdo de paz y su blindaje, con compromisos nacionales e internacionales de buena fe ya refrendados por la Corte Constitucional, por lo cual no sería procedente esa objeción.
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- Las objeciones presentadas por el presidente Iván Duque sería en esencia objeciones de inconstitucionalidad disfrazadas de inconveniencia y según el ponente, el gobierno no habría cumplido con la argumentación suficiente para precisar por qué son inconvenientes las sentencias de la Corte.
- La Corte considera que el Estado tiene la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el acuerdo final con las Farc y además que en este caso hay cosa juzgada constitucional.
- Las objeciones de presidente a la ley estatutaria de la JEP ya han sido resueltas por la Corte en distintas sentencias
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- La Corte debería asumir la competencia y debería ordenar al Congreso devolver el expediente a la Presidencia para sanción presidencial y posterior promulgación.
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Hay un sector de la Corte que pedirá hoy que primero se permita deliberar al Congreso sobre las objeciones presidenciales, básicamente son dos magistrados en esa línea.
Hay un magistrado en contra de esta propuesta de Antonio José Lizarazo y otro magistrado está impedido.
Hoy, cinco magistrados apoyarían este auto, que sin duda sentaría un precedente bastante fuerte y produciría un nuevo capítulo del choque institucional que se veía venir desde cuando se conocieron las objeciones presidenciales a esta ley estatutaria.
Uno de los elementos graves en todo esto ha sido la andanada del expresidente Álvaro Uribe y del uribismo en general contra la Corte Constitucional, acusándola de servir a los intereses de Juan Manuel Santos y de derogar el Estado de Derecho, además de posicionar una etiqueta descalificadora señalando que la Corte es corrupta, escenario muy peligroso para el país.
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