El Juzgado Civil del Circuito de Aguadas, Caldas, confirmó en segunda instancia las sanciones impuestas contra el agente interventor de Nueva EPS, Jorge Iván Ospina Gómez, y el gerente regional Centro Occidente (encargado), Luis Carlos Velandia Cortés, por incumplir una acción de tutela que ordenaba garantizar la atención integral en salud de un menor de edad diagnosticado con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita.
La decisión ratifica el fallo emitido el pasado 23 de junio por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Aguadas, que declaró a ambos funcionarios responsables de desacato y les impuso una sanción consistente en tres días de arresto y una multa equivalente a 434 Unidades de Valor Básico (UVB), tras establecer que no acataron la orden judicial pese a los múltiples requerimientos realizados.
El caso se remonta a febrero de 2023, cuando un juez concedió una tutela en favor del menor y ordenó a la EPS garantizar un tratamiento integral, incluyendo consultas con especialistas, procedimientos, terapias, medicamentos y exámenes médicos, tanto dentro como fuera del Plan de Beneficios en Salud, de acuerdo con las necesidades derivadas de su condición clínica.
Sin embargo, en abril de este año, la madre del niño presentó un incidente de desacato al denunciar que la entidad seguía sin autorizar ni materializar varios de los servicios médicos prescritos, entre ellos controles por infectología, neurocirugía, neurología pediátrica, psicología, fonoaudiología y una tomografía de cráneo.
Durante el trámite, el despacho judicial requirió en varias oportunidades tanto al agente interventor como al gerente regional para que acreditaran el cumplimiento de la tutela o explicaran las razones del incumplimiento. No obstante, según el expediente, los funcionarios guardaron silencio y no demostraron haber adelantado gestiones para garantizar la atención del menor.
Al revisar el caso en grado de consulta, el Juzgado Civil del Circuito concluyó que existió un incumplimiento injustificado de la orden judicial y que los responsables actuaron con negligencia al no asegurar los servicios de salud requeridos, afectando los derechos fundamentales del niño a la salud, la vida y la dignidad.
En su decisión, la juez María Magdalena Gómez Zuluaga advirtió que la sanción no exime a los funcionarios de cumplir inmediatamente el fallo de tutela y señaló que, de persistir el desacato, podrán imponerse nuevas medidas sancionatorias hasta que se garantice la atención ordenada por la justicia.
Publicidad