Ley sanciona drásticamente a vecinos por está práctica con las bolsas de la basura
Cometer este tipo de acciones son considerados una falta grave contra el medioambiente y la salud pública, según la ley colombiana.
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Colombia, sacar la basura cuando no corresponde o dejarla en una esquina con la excusa de que “el camión pasa más tarde” puede salir muy caro. Aunque muchos lo ignoran, una norma sanciona estos comportamientos. No solo busca mantener las calles limpias, sino también proteger el medioambiente y la salud pública.
Se trata de la Ley 1259 de 2008, que introdujo el denominado “comparendo ambiental”, una medida mediante la cual las autoridades pueden sancionar a quienes incumplan las normas de aseo, recolección y disposición de residuos sólidos. En otras palabras, es el equivalente a una multa de tránsito, pero aplicada al manejo inadecuado de la basura.
La ley es clara: toda persona que viva en Colombia está obligada a cumplir las normas ambientales, sin importar si es propietario, arrendatario o comerciante. Entre las infracciones más comunes se encuentran:
Este último punto ha generado especial atención, pues muchas personas desconocen que enterrar a una mascota en el jardín o botarla en la basura común puede acarrear sanciones severas. La ley considera esta práctica una falta grave contra el medioambiente y la salud pública.
En Colombia, el manejo de los restos de mascotas fallecidas debe realizarse de manera controlada y respetuosa con el entorno. Por ello, las alcaldías y empresas de aseo suelen ofrecer orientación sobre los lugares adecuados para estos procesos. En Bogotá, por ejemplo, existen cementerios y servicios funerarios para animales con licencia ambiental que garantizan una disposición adecuada, evitando la contaminación del suelo y del agua.
También es posible acudir a centros veterinarios que ofrecen servicios de cremación o disposición ecológica de los restos. Lo más importante es no mezclar este tipo de desechos con los residuos domésticos, ya que pueden representar un riesgo sanitario y generar sanciones.
Las sanciones no son menores. Según el artículo 7° de la Ley 1259, las multas varían según la gravedad de la falta y el tipo de infractor. En el caso de personas naturales, la sanción puede alcanzar hasta dos salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, cerca de $2.847.000 en 2025. Además, el infractor debe asistir a una jornada obligatoria de educación ambiental de cuatro horas.
Si se presenta reincidencia, la ley dispone que se debe prestar un día de servicio social enfocado en la recolección y manejo de residuos. En casos más graves, las autoridades pueden ordenar el sellamiento del inmueble o la suspensión de licencias comerciales.