La decisión la tomó la Corte Constitucional luego de estudiar una demanda interpuesta por los cabildantes
Esta modificación del
Los concejales alegaron que este artículo le quitaba competencias al Concejo para definir el número de localidades, ya que los obligaría a aprobar el proyecto sin cuestionar los argumentos de la alcaldía para hacer el cambio.
Para los demandantes, el parágrafo transitorio del artículo 6 de la Ley 2116 de 2021, que modificó el decreto y le dio facultades a la alcaldesa para modificar las localidades, es contrario a la Constitución.
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“(i). Establece que la delimitación de las localidades se debe tramitar con el POT, sin importar si este se adopta mediante un Acuerdo del Concejo o un Decreto del Alcalde, cuando la Constitución dice que el Concejo es el que debe tomar la decisión de la delimitación de las localidades; (ii) impone un tiempo para tomar la decisión de la delimitación de las localidades; y, (iii), no permite que la iniciativa provenga del Alcalde, sino que ordena que se debe hacer una nueva delimitación de las localidades”, mencionó la demanda.
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Al estudiar el caso, la Corte Constitución tumbó el aparte del Plan de Ordenamiento Territorial decretado por la alcaldesa Claudia López, y les dio la razón a los concejales. Ahora no será válida la nueva delimitación de localidades que planteaba la norma.
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