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Procuraduría formuló pliego de cargos a exgerentes del Fondo Adaptación por puente Hisgaura

La construcción del puente Hisgaura, ubicado en la vía que comunica a Bucaramanga con Málaga, ha generado polémica por posibles sobrecosto y retrasos en su entrega.

331011_BLU Radio, Puente Hisgaura // Foto: BLU Radio
Puente Hisgaura.
Foto: BLU Radio.

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargo contra el asesor del Fondo Adaptación Orlando Santiago Cely, quien estuvo en esa entidad entre 2012 y 2017 y contra los exgerentes Carmen Elena Arévalo Correa e Iván Fernando Mustafá Durán por posibles irregularidades en la construcción y diseño de la obra del puente Hisgaura, ubicado la vía Curos-Málaga en Santander.

Según el ente de control disciplinario, en el caso de Orlando Santiago Cely suscribió los estudios previos a nivel fase III, omitiendo incluir aspectos de carácter técnico generando sobrecostos en el rediseño por valor cercano a los $273 millones.

“Se produjo un retraso considerable, pues la entrega estaba proyectada para el 12 de noviembre de 2016 y finalmente fue entregado hasta el 23 de enero de 2020 por parte del Fondo Adaptación al Invías”, indicó la Procuraduría en un comunicado.

En el caso de la exgerente del Fondo Adaptación, Carmen Elena Arévalo, la funcionaria no habría velado porque los estudios previos, incorporados al contrato 285 del 27 de diciembre de 2013 y su anexo económico, no presentaran deficiencias técnicas sustanciales.

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“La investigada habría tomado una posición omisiva, teniendo de presente la advertencia por parte del contratista de que los diseños eran anti técnicos, es decir, que no realizó un desplegó de acciones efectivas y sustanciales que permitiese aclarar la irregularidad de las deficiencias técnicas de los diseños recogidos en los estudios previos, dejando la carga en el contratista e interventor, estos últimos que instaron a Sacyr para continuar con la construcción de la obra con los diseños originales”, señaló la Procuraduría.

Finalmente, los cargos contra Iván Mustafá se relacionan con el hecho de que no habría adoptado acciones efectivas preventivas en la construcción de la parte superestructura, reduciendo el riesgo de deficiencias técnicas.

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Las conductas, tanto del exasesor y los dos exgerentes, fueron calificadas como faltas graves a título de culpa grave.

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