Advierten a quienes viven en conjuntos residenciales: ley pondría frenó a morosos
El administrador ya no tendrá que esperar al consejo para hacer un cobro judicial. Eso quiere decir que las cuotas ordinarias y extraordinarias son exigibles con el peso de la ley.
Multa por prácticas ruidosas en Conjuntos Residenciales
Vivir en un conjunto residencial puede ser, a simple vista, un lugar donde descansar y pasar sus días en paz. Sin embargo, detrás de ello se esconde un reto que pone en aprietos tanto a administradores como a residentes, y es el cobro de las expensas comunes.
Recientemente se ha vuelto a poner en debate el tema de las medidas que se deben aplicar en Bogotá y otras ciudades para garantizar así el pago oportuno de las cuotas de administración.
Pero lo que antes era una labor netamente administrativa, ahora es un proceso respaldado por la ley, en donde el administrador ya no tendrá que esperar al consejo para hacer un cobro judicial. Eso quiere decir que las cuotas ordinarias y extraordinarias son exigibles con el peso de la ley, y la mora generaría intereses que, sumado con ello, podría generar conflictos entre vecinos.
Publicar morosos generaría molestias en residentes
Uno de los puntos que más polémica ha desatado tiene que ver con la publicación de los residentes con mora. La normativa daría vía libre a los administradores de informar, sin embargo, no pueden cruzar la línea y humillar. La deuda se puede incluir en actas y convocatorias o señalar el monto y apartamento del deudor en zonas internas, pero no se pueden realizar prácticas que expongan al moroso al escarnio público, como carteles ofensivos en pasillos o las famosas "listas negras" en las porterías.
La clave está en la transparencia y en la forma de comunicar. Un error de este tipo no solo dinamita la convivencia, también abre la puerta a reclamos legales que pueden costarle caro a la copropiedad.
Persona preocupada por cobros en conjunto residencial
Foto: Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia - Mónica Rueda
Medidas que sí se pueden hacer: la tecnología lo avala
Las restricciones están permitidas, aunque deben ejecutarse con límites claros. Por lo tanto, negar el acceso a bienes no esenciales, como salones sociales, BBQ o canchas, es válido siempre que se notifique adecuadamente, pero para nada es viable restringir servicios básicos, accesos esenciales o medidas que puedan vulnerar a las personas.
Otro asunto sensible es quién paga los gastos del cobro. La norma señala que los costos razonables y comprobables recaen en el deudor, siempre que estén soportados y diferenciados de los intereses por mora.
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Es aquí donde la tecnología cobra mayor validez, pues plataformas PropTech como lo es Properix han tomado un gran valor, ya que permiten hacer trazabilidad de las comunicaciones, automatizar cálculos de intereses y mantener soportes listos para procesos judiciales.
Sus voceros afirman que la idea no es endurecer la convivencia, sino que, por el contrario, profesionalizar el recaudo y blindar a los copropietarios de errores que puedan salir mucho más caros. De hecho, la idea de las herramientas es permitir que el cobro se haga de una manera clara y con las herramientas adecuadas, pues al final, el problema no es el cobro, sino la manera en que se hace.