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Pensionados que deben declarar renta este 2024: ¿ya revisó?

Si alcanza los topes establecidos por la Dian, recuerde que debe declarar renta; de no hacerlo, podría enfrentar una sanción monetaria equivalente al 5 % del impuesto a pagar en el primer mes; posteriormente, este valor aumentará de forma mensual.

Pensionados que deben declarar renta este 2024: ¿ya revisó?
Pensionados que deben declarar renta este 2024: ¿ya revisó?

Si usted es pensionado pero no está seguro si debe presentar declaración de renta, es importante tener en cuenta que la Dian ha recordado quiénes son los contribuyentes obligados a hacerlo en este 2024. Se consideran factores como el nivel de ingresos, el patrimonio, los gastos realizados con tarjetas de crédito, entre otros, basados en la información reportada durante el año fiscal 2023.

Las pensiones que están gravadas por el Estatuto Tributario Nacional

Las pensiones mensuales inferiores a 1.000 UVT, lo que equivale aproximadamente a 47 millones de pesos, no están sujetas al impuesto sobre la renta. Sin embargo, si el monto de la pensión supera este umbral, sí estará sujeta a este impuesto.

declaración de renta 2024 en Colombia.
Declaración de rentaFoto: https://www.urnadecristal.gov.co/

Pensionados que deben declarar renta

Si alcanza los topes establecidos por la Dian, recuerde que debe declarar renta; de no hacerlo, podría enfrentar una sanción monetaria equivalente al 5 % del impuesto a pagar en el primer mes; posteriormente, este valor aumentará de forma mensual.

  • Patrimonio bruto al 2023 superando los $ 190.854.000
  • Ingresos totales mayores a los $ 59.377.000
  • Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a $ 59.377.000
  • Compras y consumos superiores (entre los que se tienen en cuenta los créditos) a $ 59.377.000
  • Consignaciones bancarias superiores a $ 59.377.000

La normativa tributaria para el año 2024 establece que la sanción mínima, en caso de no tener un valor a pagar en la declaración de renta, será de $471.000. Además, si no se presenta la declaración en el plazo establecido, la sanción se calcula en base al 0,5 % de los ingresos brutos del contribuyente.

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