“Decisión sobre el mínimo exige cumplir la ley, no habla del aumento”: presidente Consejo de Estado
El magistrado Alberto Montaña aclaró que la suspensión del decreto del salario mínimo no cuestiona el aumento, sino que exige al Gobierno cumplir los factores legales establecidos.
Magistrado Alberto Montaña, presidente del Consejo de Estado.
El presidente del Consejo de Estado, el magistrado Alberto Montaña, defendió la reciente decisión de suspender provisionalmente el decreto que fijó el incremento del salario mínimo en Colombia y aclaró que dicha medida no cuestiona el monto del aumento, sino el cumplimiento de los requisitos legales para su expedición.
En medio de la controversia política y las convocatorias a movilizaciones sociales impulsadas por el Gobierno, el alto tribunal reiteró que su actuación responde exclusivamente al ordenamiento jurídico y no a presiones externas.
En entrevista en Mañanas Blu con Néstor Morales, Montaña enfatizó que el Consejo de Estado actúa con independencia judicial y que su misión es garantizar que las decisiones administrativas se ajusten a la Constitución y la ley. “Nosotros tratamos de estar listos para cumplir nuestro oficio de proferir decisiones judiciales en derecho, con base en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, y no para reaccionar frente a comentarios aislados o frente a ese tipo de protestas”, afirmó.
El magistrado explicó que la decisión adoptada el pasado viernes no constituye un fallo definitivo sobre el decreto que fijó el incremento del salario mínimo, sino una medida cautelar dentro de un proceso de nulidad que acumula más de 30 demandas. Según indicó, esta suspensión busca garantizar que el Gobierno cumpla los requisitos legales antes de expedir el decreto correspondiente.
Salario mínimo
Foto: Blu Radio
“Lo que hizo el Consejo de Estado fue adoptar una medida cautelar y no una decisión definitiva frente al decreto”, señaló Montaña. En ese sentido, aclaró que la corporación no evaluó ni cuestionó el porcentaje del incremento. Por el contrario, destacó que el tribunal no encontró evidencia preliminar de que el aumento fuera desproporcionado.
“En esa decisión no se menciona algún reparo sobre el incremento que se produjo al salario mínimo. De hecho, el Consejo de Estado advirtió que no observaba, al menos en este análisis preliminar, esa desproporción”, precisó.
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La razón principal de la suspensión radica en que, según el Consejo de Estado, el decreto no habría tenido en cuenta los factores objetivos exigidos por la ley. Estos incluyen variables como la inflación, la productividad, el crecimiento económico y la proyección del índice de precios al consumidor, entre otros.
“El decreto no puede ser discrecional ni arbitrario, sino debe tener en cuenta unos factores objetivos”, explicó el magistrado. “Lo que señaló el Consejo de Estado fue que ese decreto no tuvo en cuenta unos factores objetivos que están en la ley y que deben ser observados”.
Montaña resumió el alcance de la decisión con una frase contundente: “El Consejo de Estado no se metió con el valor exacto que se produjo para el incremento del salario mínimo. Lo que dijo fue: téngalos en cuenta. Eso es lo importante”.
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En consecuencia, el Gobierno deberá expedir un nuevo decreto que incorpore esos criterios legales, sin que ello implique necesariamente modificar el porcentaje del aumento. El presidente del alto tribunal aclaró que, si el Ejecutivo justifica el mismo incremento con base en los factores exigidos, esa decisión será evaluada judicialmente en su momento.