¿Desde cuándo sube el arriendo en 2026? Lo que debe saber para evitar cobros injustos
Muchos inquilinos y arrendatarios creen que el aumento llega el primero de enero, pero la ley establece tiempos diferentes según su contrato.
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Con la confirmación de que la inflación en Colombia cerró el 2025 en 5,1 %, millones de colombianos que viven en arriendo se preguntan cuándo verán reflejado ese incremento en sus pagos mensuales. La respuesta es clara: el aumento no es automático con la llegada del año nuevo ni con el anuncio del DANE.
Según la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana en el país, el propietario solo puede subir el precio del canon cada vez que el contrato cumpla 12 meses de vigencia o al momento de su renovación. Esto significa que, si usted firmó su contrato en agosto, solo pagará el nuevo valor a partir de agosto de 2026.
El ajuste depende exclusivamente de la "anualidad" de su contrato. Aquí le explicamos los escenarios más comunes:
Para que el incremento sea válido, no basta con que pase el tiempo. El arrendador debe cumplir con dos pasos fundamentales:
Además, existe un límite comercial que pocos conocen: el valor del arriendo nunca podrá exceder el 1 % del valor comercial del inmueble. Si el ajuste del 5,1 % hace que el canon supere ese tope, el cobro sería ilegal.
Recuerde que este ajuste es para vivienda urbana. Los locales comerciales se rigen por el Código de Comercio, donde el aumento se pacta libremente entre las partes al momento de firmar el contrato.