La senadora Paloma Valencia, a través de su apoderado Pedro Gutiérrez, presentó una demanda de simple nulidad ante el Consejo de Estado contra las resoluciones mediante las cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció y confirmó la personería jurídica del partido político Progresistas de María José Pizarro.
Sobre esto, el Consejo de Estado determinó que estudiará la acción de Valencia, que pide la nulidad de las resoluciones con las cuales se le otorgó la personería jurídica a este partido.
Según la demanda, el reconocimiento de la personería jurídica al nuevo partido Progresistas, surgido de la escisión del Movimiento Alternativo Indígena y Social (Mais), se habría realizado pese a la existencia de procesos sancionatorios en curso contra el Mais, lo cual está expresamente prohibido por el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011.
Esa norma establece que “no podrá acordarse la disolución, liquidación, fusión y escisión voluntaria de un partido o movimiento político cuando se haya iniciado proceso sancionatorio”, se lee en la demanda.
La demanda también pide una medida cautelar de suspensión provisional de los efectos jurídicos de las resoluciones, mientras se decide de fondo la nulidad del acto administrativo.
La controversia jurídica busca que la jurisdicción determine si el Consejo Nacional Electoral actuó dentro del marco legal al reconocer la personería jurídica del partido Progresistas, pese a los procesos sancionatorios pendientes contra el Mais.