Condena por amenaza vía redes sociales: un precedente en la justicia colombiana
El abogado Emmanuel Vargas detalló que, por ejemplo, considerar que un político es "malo" no justifica una intención de causarle daño o amenazarlo de muerte.
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Andrey José Piñarete Galindo fue condenado a 75 meses de prisión y a una multa de 30 salarios mínimos mensuales por amenazar al alcalde Federico Gutiérrez a través de Instagram, el pasado 10 de agosto de 2022. La amenaza explícita, que decía "Das asco, 'pichurrea', meterte un indumil es poco, mejor unas 15; dejarle esa cabeza llena de metralla", fue catalogada como "terrible".
El abogado Emmanuel Vargas, codirector de El Veinte explicó el fundamento de la decisión del juzgado cuarto penal de Bogotá. Según detalló en diálogo con Mañanas Blu con Camila Zuluaga, el mensaje tenía la intención o la "posibilidad de causar zozobra".
De hecho, basándose en las declaraciones del propio Federico Gutiérrez, el mensaje "en efecto, le causó zozobra". La justicia concluyó que el contenido del mensaje "generó temor y generó e intimidación".
“Se puede entender que hay una intención de hacerle daño, ¿cierto? Y este es un mensaje, por la forma en la que está escrito, la forma en la que llega, tiene la posibilidad de causar zozobra y según lo que se tiene conocimiento, en efecto, le causó eso”, aseveró el abogado.
Vargas aclaró que, para que un mensaje sea constitutivo de este delito, no basta con que "indigne o lo haga sentir un poquito triste o incómodo", sino que debe provocar un miedo genuino e intimidación a la persona.
“Normalmente, un mensaje que sea intimidatorio no basta con que lo indigne o lo haga sentir un poquito triste o incómodo, sino que tiene que ser algo que genere temor y genere intimidación y eso es lo que la justicia determinó en este caso y, por eso se llega a la condena”, detalló.
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En ese sentido, dijo que esta condena marca "un mensaje muy importante" en el actual contexto del debate público en las redes sociales. Vargas enfatizó que este tipo de amenazas "sobrepasa cualquier posibilidad de crítica". Es decir, considerar que un político es "malo" no justifica una intención de causarle daño.
El fallo sienta un precedente claro sobre la responsabilidad en el debate público digital. Ante la recurrente aparición de mensajes violentos en línea, la condena busca que las personas "se lo tendrá que pensar dos veces antes de enviar, de dar clic en envío".
Este caso subraya que, aunque existe el derecho a la crítica hacia funcionarios públicos, este límite se transgrede cuando hay una clara intención de causar daño que provoca temor.
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