“Por vicios insubsanables de procedimiento e inconstitucionalidad”, la Corte Constitucional admitió este viernes, 10 de marzo, el estudio de una demanda que busca anularla ley de paz total , que es la política de Estado que le permite al presidente Gustavo Petro adelantar diálogos y negociaciones con grupos al margen de la ley.
Fueron las congresistas del Centro Democrático María Fernanda Cabal, Paola Holguín y Paloma Valencia, quienes advirtieron: “Un vicio insubsanable de procedimiento por falta de concepto por parte del Consejo de Política Criminal, ya que, según lo certificó la Secretaría General del Senado, dicho concepto no fue presentado en la radicación del proyecto ni en ninguna de las fases del trámite legislativo”.
En este sentido, argumentaron la demanda: “El Gobierno Petro infringió gravemente el diseño institucional y las reglas de formación de las leyes, contenidas en la Constitución, la Ley Orgánica 5ª de 1992, el artículo 167 de la ley 65 de 1993, el Decreto 2055 de 2014 y lo ordenado en la sentencia T-762 de 2015”.
La segunda acción plantea un “vicio de inconstitucionalidad del penúltimo inciso del artículo 2 y los artículos 10, 11 y 12, por vulneración de los principios de consecutividad e identidad flexible”.
En este caso, “la Comisión de Conciliación incurrió en una extralimitación de funciones al incorporar en el texto del informe final, estos artículos que fueron expresamente negados por la plenaria del Senado”.
Finalmente, advirtieron sobre una omisión legislativa, debido a un “vicio de inconstitucionalidad del artículo 5 por desconocimiento de los derechos de las víctimas a la igualdad y acceso a la justicia”.
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