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Corte Constitucional da vía libre al plebiscito por la paz

El alto tribunal mantuvo el umbral del 13 % y lo declaró vinculante, es decir que compromete al Gobierno a acatar la voluntad del pueblo.

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Foto: AFP

En sala plena extraordinaria los magistrados de la Corte Constitucional cumplieron el compromiso para expedir la sentencia del plebiscito por la paz. El Gobierno esperaba por el pronunciamiento para cerrar las negociaciones en La Habana, ya que el último punto, el de la refrendación, estaría superado.

 

La idea al interior de la Corte era no darle más largas a este debate, por la importancia y el interés nacional del mismo. Por eso le dieron el sí al plebiscito pero le pondrán una serie de condiciones. (Lea también: Santos pide a cafeteros apoyar el plebiscito por la paz)

 

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La Corte Constitucional mantiene el umbral previsto por el Congreso (con una votación de 7-2) para aprobar los acuerdos de paz de La Habana, es decir que más de 4,5 millones de colombianos tendrán que votar por el sí.

 

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Además, se declara vinculante (con una votación de 6 a 3), es decir que el votante no tiene capacidad de definir la suerte de los acuerdos.

 

Y es que el camino para llegar a esta crucial cita comenzó el pasado 27 de enero cuando en un sorteo por balota se determinó que el magistrado que se encargaría de redactar la ponencia del examen de constitucionalidad al proyecto de ley estatutaria del referendo por la paz, sería Luis Ernesto Vargas.

 

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Después de eso se presentó la audiencia pública en la que el Gobierno, la Fiscalía, los organismos de control, el Congreso, la oposición, las víctimas y la academia defendieron sus posiciones en torno a esta propuesta de refrendación de las negociaciones de La Habana (Cuba). (Lea también: César Gaviria aceptó ser jefe de campaña por el Sí en el plebiscito por la paz)

 

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Con todas las cartas en la mesa, el magistrado Luis Ernesto Vargas presentó su ponencia, en la que pidió declarar constitucional la realización de esta consulta. No obstante, fijó algunos condicionamientos sobre la forma cómo se haría la campaña por el plebiscito, en el entendido que deberá hacerse tanto para promover el ‘sí’, como el ‘no’ y la abstención.

 

LOS CONDICIONAMIENTOS

 

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El documento señala que la campaña por el plebiscito no podrá incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos o que se relacione con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular.

 

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Tampoco se podrán destinar recursos ni se podrán poner bienes estatales al servicio de la aprobación o no del plebiscito, que podrá ser secundado por campañas en favor del “sí”, del “no” o incluso de la abstención. (Lea también: Hay que apoyar el plebiscito para que voten por el sí: Gobernador Verano)

 

En cuanto a los espacios en los canales de televisión y cadenas de radio para explicar el plebiscito, la ponencia señala que estas herramientas sólo pueden ser utilizadas para adelantar una labor pedagógica, en la que queda rotundamente prohibido tratar de promover el apoyo al acuerdo final.

 

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Además, el magistrado ponente se esforzó para que los votantes no terminen aprobando o negando un acuerdo a ciegas. Según él, las bases de lo acordado en la mesa de negociaciones en Cuba deben ser dadas a conocer públicamente y de manera detallada al menos 30 días antes de convocar la contienda.

 

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Por último, la divulgación debe tener en cuenta a las personas con discapacidad y a aquellas comunidades que no se comunican en español y que se deben crear estrategias de difusión en zonas apartadas del país. (Lea también: No tengo plan B porque no hay necesidad: Santos sobre plebiscito por la paz)

 

Así las cosas, si bien el espaldarazo del magistrado ponente al proyecto de mecanismo de refrendación da un respiro al Gobierno, este deberá acatar los condicionamientos y promover bajo esas reglas el apoyo para que todos los ciudadanos salgan apoyar las negociaciones de paz.

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