Corte llama la atención al Ejército por reclutar a hombre con doble identidad que murió en combate
El Ejército vinculó a un hombre a sus filas con dos identidades, él había sido retirado tras una inasistencia del cargo y se reincorporó con un nombre distinto y terminó falleciendo en 2004.
Este insólito caso llegó a la Corte Constitucional mediante fallo de tutela que presentó la expareja de un soldado y quien adelantaba un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra la institución, buscando el reconocimiento de prestaciones sociales y la pensión de sobrevivientes de su compañero permanente, quien ingresó en distintas ocasiones al Ejército, incluso con una identidad diferente, y murió en medio de operaciones militares.
Lo que para el alto tribunal fue inaceptable es cómo este hombre logró incorporarse nuevamente al Ejército tras haber sido suspendido usando una identificación falsa, según la sentencia, el hombre inició su vida militar como soldado regular en cumplimiento del servicio obligatorio, posteriormente se vinculó como soldado voluntario, fue retirado por inasistencia y luego reingresó con documentación que no correspondía a su verdadera identidad. Esta situación terminó afectando a su familia, pues el Ejército negó las prestaciones argumentando que la relación laboral debía ser reconocida primero en un proceso ordinario.
Ejército de Colombia
Foto: referencia, AFP
"El ciudadano, inicialmente, ingresó a la institución como soldado regular en servicio militar obligatorio, luego lo hizo como soldado voluntario, pero fue retirado tras una inasistencia de su cargo por 10 días. Posteriormente, el hombre ingresó nuevamente a la institución, pero esta vez con un nombre y apellido diferente", se lee en el fallo de la Corte.
En este caso, la Corte le dio la razón a la mujer y sostuvo que la autoridad judicial desconoció el principio constitucional de primacía de la realidad sobre las formas, el cual establece que la prestación efectiva de un servicio bajo subordinación configura una relación laboral, sin que las irregularidades formales puedan anular los derechos derivados de ella.
Aquí la Corte Constitucional es clara en señalar que aunque el soldado presentó documentación falsa, sí existió una relación real de servicio, razón por la cual sus herederos tienen derecho al reconocimiento prestacional. Finalmente, el tribunal reprochó que el Ejército Nacional no tuviera la capacidad de detectar que la documentación era irregular al momento de la incorporación.