Juzgado ordena a Comisión de Acusaciones practicar pruebas en queja contra magistrada Lombana
Según la providencia, la Comisión incumplió su deber de recaudar medios de conocimiento orientados a establecer si existen hechos disciplinariamente relevantes.
El Juzgado 14 de Familia del Circuito de Bogotá ordenó al presidente de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, Juan Carlos Wills, que en un plazo de 48 horas emita una decisión para disponer la práctica de las pruebas necesarias dentro de la queja disciplinaria presentada por el ministro del Interior, Armando Benedetti, contra la magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Cristina Eugenia Lombana. La determinación judicial señala que la Comisión no ha adelantado la actividad probatoria mínima exigida en la etapa preliminar del proceso.
Según la providencia, la Comisión incumplió su deber de recaudar medios de conocimiento orientados a establecer si existen hechos disciplinariamente relevantes. “No se ha desplegado la actividad probatoria por parte de la Comisión con dicho fin, lo que evidentemente vulnera el derecho fundamental al debido proceso del accionante y promotor de la queja disciplinaria, sino también de la Honorable Magistrada Cristina Eugenia Lombana”, señala el fallo.
Foto: MinInterior, Corte Suprema de Justicia.
La denuncia disciplinaria fue radicada por Benedetti el 15 de agosto de 2023 ante la Comisión de Acusaciones, en la que señala presuntas irregularidades en el ejercicio de las funciones de la magistrada. No obstante, el juzgado encontró que no existe providencia alguna en la que el representante investigador Wills ordene la práctica de pruebas para determinar si corresponde abrir la investigación formal.
“Teniendo en cuenta entonces que no existe en el proceso disciplinario la providencia mediante la cual el señor Representante Investigador debe disponer la práctica de las pruebas necesarias se ordenará que en el término de cuarenta y ocho horas proceda a emitir la decisión”, establece el documento. La orden incluye que, con base en las pruebas que se practiquen, la Comisión deberá determinar si es viable abrir o no una investigación formal.
El despacho también dispuso que, si la decisión no es impugnada, las diligencias deberán ser remitidas a la Corte Constitucional para eventual revisión.