Qué significa que Fiscalía eleve a magnicidio el asesinato de Miguel Uribe Turbay
La investigación por el asesinato de Miguel Uribe Turbay parece que cambió su foco de atentado a magnicidio. Así lo expuso la Fiscalía de Luz Adriana Camargo.
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La Fiscalía General de la Nación, bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, lamentó profundamente el asesinato del precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay y ha utilizado la expresión "magnicidio" para referirse a su asesinato. Sin embargo, es crucial aclarar que la legislación colombiana no contempla el "magnicidio" como un delito específico.
Fuentes judiciales explican que "magnicidio" es una expresión comúnmente utilizada para describir una muerte deliberada que genera un gran impacto social o político. En el marco legal colombiano, las categorías de delitos que sí están tipificadas incluyen el genocidio, el homicidio y el feminicidio.
El delito por el que se investiga la muerte de Miguel Uribe es un "homicidio agravado". Este tipo penal conlleva penas de prisión significativas, que oscilan entre 33 y 50 años de cárcel solo por este hecho, según el Código Penal Colombiano.
Desde el punto de vista procesal, la Fiscalía ha procedido con una "adición de imputación". Esto implica que, ante un juez de control de garantías, el fiscal añade el hecho de la muerte de Miguel y, consecuentemente, modifica el delito imputado. De lo que pudo haber sido una tentativa de homicidio inicialmente, ahora se recalifica a homicidio agravado. Los implicados pueden aceptar o no este nuevo cargo, y el proceso continúa bajo esta nueva clasificación.
En el caso de un menor que ya haya aceptado cargos previamente (por ejemplo, por tentativa de homicidio), dicha aceptación se considera una acusación. No obstante, este menor debe ser citado a una nueva audiencia de imputación bajo las mismas condiciones del homicidio agravado, y podrá aceptar o no los cargos.
Esta nueva imputación reemplaza o sustituye la anterior. Es importante señalar que las condiciones de sanción para los menores no cambian entre la tentativa y el homicidio, manteniendo un máximo de 8 años de privación de la libertad para ellos.
Por el momento, el asesinato de Miguel Uribe Turbay no se considera un crimen de lesa humanidad. Para que se configure esta categoría, se requiere un elemento de "sistematicidad".
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Esta situación se presentaría si se produjeran más muertes de personas con la misma ideología política. La legislación colombiana sí contempla el delito de genocidio, definido como el propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o político, ocasionando la muerte de sus miembros, con penas que van de 480 a 600 meses de prisión.
La Fiscalía señaló que ha desplegado todos sus recursos para avanzar en la investigación desde el 7 de junio de 2025. Ya se ha informado que el autor material y los participantes en la preparación y planificación del hecho están respondiendo ante la justicia. La Fiscalía ha reiterado su compromiso de identificar y judicializar a los determinadores de este crimen, asegurando que no se descarta ninguna hipótesis en esta tarea fundamental.