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Separación de pareja en Colombia: ¿cómo se dividen las deudas adquiridas durante el matrimonio?

La Corte Suprema de Justicia se pronunció al respecto del interrogante: ¿quién asume las deudas tras la separación de una pareja?

Con la nueva causal incorporada, las razones legales para divorciarse en Colombia ahora son:
Con la nueva causal incorporada, las razones legales para divorciarse en Colombia ahora son diez
Foto: AFP, imagen de referencia

La Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre un aspecto fundamental en un proceso de separación y respondió a la pregunta que les preocupa a muchas parejas que inician un proceso de disolución: ¿quién asume las deudas?

Y es que fue el caso de los divorciados Carlos Eugenio Restrepo y Magda Judith Giraldo el que estudió la corte y por el que determinó que, así como se divide en partes iguales la sociedad patrimonial, las deudas del hogar también quedarán en manos de los dos.

El alto tribunal llegó a esta determinación después de que un juzgado y el Tribunal Superior de Medellín le indicaron que era él quien debía asumir las deudas del hogar, decisión que para la corte fue una falla al debido proceso, pues, según indicaron, las deudas contraídas mientras el matrimonio estuvo vigente son sociales, es decir, corresponden a la pareja.

Sin embargo, aclararon que no todas las deudas se deben asumir por ambos, “por lo que para su exclusión habrá de acreditarse que el pasivo redundó en beneficio exclusivo de uno de los miembros de la pareja”.

En ese sentido, de indicarse que las deudas corresponden a uno solo sin haber acreditado lo anteriormente mencionado, se generaría un desequilibrio patrimonial, en el que uno de los dos se queda con la mitad de los bienes, pero se salva de pagar las deudas.

“El saldo insoluto de las obligaciones adquiridas en vigencia de la sociedad y el que se genere entre el trámite de la liquidación y la aprobación del trabajo de partición será de cargo de la sociedad, esto es de los cónyuges o compañeros permanentes por partes iguales, como ocurre con la distribución del activo social”, explica la decisión de la corte.

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