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Tribunal negó tutela que pedía suspender licencia ambiental de El Quimbo

La Gobernación del Huila pedía mediante desacato resolver las solicitudes realizadas en la Audiencia Pública Ambiental.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió a favor de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, un incidente de desacato interpuesto por el Gobernador del Huila, Carlos Julio González, en el que el mandatario local solicitaba la suspensión de la licencia ambiental del proyecto hidroeléctrico El Quimbo y requería respuesta a dudas expuestas en la Audiencia Pública Ambiental sobre la misma obra. 

En una acción de tutela previa, el mandatario local solicitó suspender la licencia ambiental del proyecto hidroeléctrico El Quimbo a través del principio de precaución, ante lo cual el juez decidió que el instrumento fue concedido de conformidad con el marco normativo vigente y el principio de precaución enunciado, declarando que se han desarrollado todas las actuaciones tendientes al seguimiento y control del proyecto.

Vea aquí: No es posible trasladar la zona de reserva Van Der Hammen: exministro de Ambiente

La Gobernación del Huila pedía mediante desacato resolver las solicitudes realizadas en la Audiencia Pública Ambiental celebrada los días 11 y 12 de noviembre de 2016. 

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A través de documentos presentados ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la ANLA demostró que las inquietudes de la audiencia pública fueron resueltas a fondo por medio del Auto 1809 del 15 de mayo de 2017, lo cual fue avalado por el juez del proceso. 

La Gobernación del Huila se declaró inconforme con las respuestas dadas por la ANLA en mayo de 2017, ante lo cual la Autoridad ambiental reiteró una respuesta dos meses después, en julio. Esta segunda respuesta obtuvo la siguiente consideración por parte del Tribunal:

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“A través del Oficio No 201702055-2-000 del 11 de julio (…) la ANLA emitió respuesta de fondo, clara y congruente con las peticiones incoadas en el oficio radicado en el mes de mayo”. 

Según el Tribunal, la ANLA, “demostró haber acatado en su totalidad lo dispuesto en el fallo de tutela”. Es decir, la Autoridad dio respuesta a la petición del señor Gobernador porque le informó sobre “los procesos administrativos en curso, las etapas en que se encuentra, los temas o materias objeto del proceso, los vinculados a la misma, y el procedimiento aplicable”, continúa la autoridad judicial. 

Específicamente, resuelve el Tribunal, la ANLA “hizo una relación puntual de lo requerido en el fallo de tutela”.

Es importante recordar que la ANLA ya impuso una sanción a Emgesa por el caso del Quimbo a través de la Resolución 381 del 07 de abril de 2016. Dicho documento pone una sanción de multa por dos mil quinientos tres millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta pesos moneda corriente ($2.503'258.650.00).

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Este proceso ya entró a proceso de cobro coactivo por parte de la autoridad ambiental. 

Dicha Resolución, en el apartado Cargo Único, establece que la empresa no adelantó “las actividades de repicado, apilado y retiro de la madera y la biomasa producto del aprovechamiento forestal en el vaso del embalse del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo — PHEQ-, localizado en jurisdicción de los Municipios de Garzón, Gigante, El Agrado, Paicol, Tesalia y Altamira, en el Departamento del Huila, con anterioridad a la etapa de llenado del mismo”, lo cual genera “riesgo de afectación al bien de protección (recurso hídrico)”.

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