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Así funcionan las fotomultas de tránsito

El coronel Germán Jaramillo, comandante de la Policía de Tránsito de Bogotá, habló en Mañanas BLU sobre la advertencia de la Corte Constitucional que asegura que las autoridades de tránsito deberán seguir requisitos para cobro de las fotomultas.

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Foto: Alcaldía de Floridablanca
Foto: Alcaldía de Floridablanca

El coronel Jaramillo explicó que actualmente existen 800 dispositivos electrónicos exclusivos para realizar fotocomparendos “con el fin de sancionar a quienes invaden el espacio público o se estacionan donde no deben”.

 

Dijo que los agentes de tránsito toman dos fotografías de las infracciones “para confirmar la información” y de inmediato se envía a un centro de control de la Secretaría de Movilidad en donde “valían la información y se hace el envío a la persona multada de acuerdo a la placa del vehículo”.

 

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Afirmó que uno de los mayores problemas a la hora de recibir notificaciones de multas de tránsito es “porque las personas no tienen su dirección actualizada, no la registran o digamos cuando venden los vehículos no hacen el cambio, y por eso es que muchas veces se quejan que no son notificados”.

 

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Agregó que una vez se toma la fotomulta, en tres días hábiles la persona recibirá la notificación de la misma vía correo certificado. 

 

Por su parte, Juan Pablo Bocarejo, secretario de Movilidad de Bogotá, reveló que desde hace un tiempo, se están enviando “las notificaciones por varios medios, por mensaje de correo certificado, por correo electrónico, pero es que hay gente que no actualiza datos y no hay cómo contactarlos”.

 

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El secretario dijo que con la decisión de la Corte Constitucional se “refuerza la directiva con la gente que veníamos trabajando con lo de la notificación a los tres días”.

 

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Reveló que en el mes de febrero se impusieron unas “80 mil fotomultas” en Bogotá principalmente por mal parqueo. “El tema de los malos comportamientos es muy grave en la ciudad”.

 

Afirmó que los comparendos que no sean notificados “prescribirán porque así es la decisión de la Ley”.

 

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Recordó que el no pago de las multas puede llevar “a que el vehículo sea embargado y si se es reincidente en los comparendos, se puede perder la licencia”.

 

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Autoridades de tránsito deberán seguir requisitos para cobro de las llamadas fotomultas, advirtió la Corte Constitucional.

 

Las fotomultas deberán ser notificadas personalmente y mediante un correo certificado en los tres días siguientes a los hechos registrados y de incumplirse cualquiera de estos requisitos estas podrían ser anuladas o declaradas ilegales. Lea acá también (Fotomultas deberán ser notificadas personalmente y por correo certificado)

 

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La Corte Constitucional consideró que se debe proteger el derecho al debido proceso y a la defensa en este tipo de situaciones.

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