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Despidos por embarazo o lactancia son discriminatorios: Corte ordena reintegros y pagos

La Corte Constitucional hizo un nuevo llamado sobre que las entidades públicas y privadas tienen prohibido despedir o desvincular a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia por motivos discriminatorios.

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Mujeres presentaron tutelas, denunciaron haber sido despedidas mientras estaban embarazadas o durante la etapa de lactancia.
Foto: Freepik, archivo Blu Radio.

Este importante pronunciamiento del alto tribunal se da tras estudiar tres tutelas presentadas por mujeres que denunciaron haber sido despedidas mientras estaban embarazadas o durante la etapa de lactancia. Los casos involucraron a tres reconocidas empresas.

La Sala de tutelas integrada por 3 magistrados, concluyó que en los casos analizados las trabajadoras fueron desvinculadas debido a su estado de embarazo o por encontrarse en periodo de lactancia, lo que vulneró sus derechos fundamentales.

Pero además, la Corte Constitucional hizo énfasis en que la maternidad y el desarrollo profesional no son esferas excluyentes y que el Estado y los empleadores tienen la obligación de garantizar condiciones que permitan a las mujeres ejercer simultáneamente su vida laboral y familiar.

Ademas explicó el alto tribunal que la protección constitucional no solo cubre el embarazo, sino también el periodo de lactancia, etapa en la que las condiciones físicas, emocionales y laborales de la madre inciden directamente en el bienestar del bebé.

La Corte Constitucional reiteró que la estabilidad laboral reforzada durante el embarazo y la lactancia es un derecho fundamental, que obliga tanto al Estado como a los empleadores a adoptar medidas para evitar cualquier forma de discriminación contra las mujeres en estas etapas.

Por ello la Corte Constitucional dio una serie de órdenes entre ellas reintegran a las mujeres que fueron despedidas de sus trabajos y reconocerle los pagos que dejaron de recibir durante su tiempo de desvinculación.

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