La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró improcedente la tutela presentada por los exjefes del último Secretariado de las antiguas Farc y confirmó que el juicio por secuestros en su contra continuará en trámite.
La decisión se dio frente a la tutela presentada el 24 de julio, en la que los exjefes guerrilleros buscaban, entre otros puntos, modificar las calificaciones jurídicas, cuestionar la facultad de las víctimas para presentar proyectos de sanción propia y solicitar la emisión de una resolución única de conclusiones.
La magistratura señaló que aún existen medios de defensa judicial dentro de la JEP para discutir cambios en las calificaciones jurídicas, incluidas figuras como la esclavitud y la toma de rehenes. En caso de inconformidad con la sentencia, procede el recurso de apelación ante la Sección de Apelación, que puede revisar todo el procedimiento, y los comparecientes tendrán plenas garantías para acudir a una segunda instancia cuando se conozca la sanción.
Además, indicó que el supuesto conflicto de competencias alegado entre salas de la JEP no puede ser invocado por procesados como las antiguas Farc o miembros de la Fuerza Pública. Las críticas sobre la participación de las víctimas, añadió, se basan en supuestos futuros y carecen de fundamento actual. Asimismo, negó la solicitud de una resolución única de conclusiones, al considerar que su interpretación debe hacerse en el marco de todas las normas que rigen la JEP.
La Sección de Revisión enfatizó que el proceso mantiene un enfoque dialógico, lo que permite a los comparecientes defender sus intereses sin acudir de manera inmediata a la vía contenciosa. Reiteró que, si en el futuro se presentan irregularidades concretas que afecten derechos fundamentales, podrán recurrir a las herramientas judiciales correspondientes.
Finalmente, la JEP destacó que ha garantizado plenamente el debido proceso y la seguridad jurídica de los exjefes de las Farc-EP, actuando con rigor y exhaustividad en el trámite de cada recurso, en cumplimiento de los principios del sistema transicional y de las obligaciones de las autoridades competentes.