Juzgado ordena reforzar esquema de seguridad del precandidato Abelardo de la Espriella
Sin embargo, el Juez aclara que el precandidato renunció voluntariamente a la protección en 2023.
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El Juzgado 58 Administrativo del Circuito de Bogotá falló una tutela a favor del precandidato presidencial Abelardo de la Espriella, ordenando a la Unidad Nacional de Protección (UNP) y a la Policía Nacional implementar de inmediato las medidas de seguridad recomendadas por el Comité de Evaluación del Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) Presidencial, tras las alertas surgidas, luego del asesinato del también precandidato Miguel Uribe Turbay.
El fallo dispone que las entidades deben asignarle a De la Espriella un vehículo blindado y un escolta por parte de la UNP, así como siete hombres de protección a cargo de la Policía Nacional.
Sin embargo, el despacho judicial, dejó en claro que no fue la UNP la que retiró el esquema de seguridad del accionante, sino que fue el propio De la Espriella quien renunció voluntariamente a la protección antes de su inscripción como precandidato presidencial.
El juez citó documentos oficiales de la UNP que prueban que, en 2023, De la Espriella desistió formalmente del esquema que le había sido otorgado, compuesto por cuatro escoltas y un chaleco blindado.
El 6 de febrero de 2023, firmó un acta de entrega de los hombres de protección y, posteriormente, la Resolución 5711 del 26 de julio de 2023 dio cierre definitivo a su expediente de protección.
En la decisión se advierte lo siguiente:
“Resulta extraño a la lealtad y a la buena fe procesales que, aun conociendo que él mismo desistió de la protección otorgada por la UNP y que tal desistimiento se tradujo en el retiro de su esquema de protección mucho tiempo antes de que él hiciera oficial su inscripción como precandidato presidencial, se omita tal información en el escrito introductorio y, al contrario, se afirma que la decisión adoptada en julio de 2023 por la Administración se ejecutó en septiembre de este año”.
Esto, al no demostrar la materialización efectiva de las medidas aprobadas recientemente por el CERREM en agosto de 2025, por lo cual ordenó la implementación inmediata de un vehículo blindado, un hombre de protección a cargo de la UNP, y siete hombres de protección a cargo de la Policía Nacional, en aras de garantizar el derecho a la vida, la integridad y la seguridad personal del precandidato y su familia.
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El fallo podrá ser impugnado dentro de los tres días siguientes a su notificación y, de no ser recurrido, será enviado a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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