Nuevos acuerdos podrían ser refrendados si Gobierno lo decide: Corte Constitucional
Si no se acude a esa consulta, los acuerdos tendrían que implementarse por la vía ordinaria, algo que podría demorarse al menos un año.
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Fuentes de la Corte Constitucional le explicaron a BLU Radio que el presidente Juan Manuel Santos tendría que convocar un nuevo mecanismo de refrendación si quiere que los acuerdos se implementen rápidamente.
Si no se acude a esa consulta, los acuerdos tendrían que implementarse por la vía ordinaria, algo que podría demorarse al menos un año.
En el fallo que profirió la Corte Constitucional en el que le dio el SÍ al plebiscito para la paz, se aclaró que aunque el acuerdo fuera negado por el pueblo y el presidente Santos tiene que acatarlo, las otras instancias del Estado podrán promoverlo por vía ordinaria.
Por lo que aclaró en su decisión, que si el plebiscito no era aprobado, se mantienen “incólumes las competencias de los diferentes órganos del Estado”, es decir, la posibilidad de lograr nuevos acuerdos de paz o renegociarlos.
Agrega la Corte que en caso de modificarse o lograrse un nuevo acuerdo, estos “podrán ser sometidos a refrendación popular si así lo decide el Ejecutivo y el Congreso”.
Según fuentes del Alto Tribunal, un nuevo acuerdo renegociado requeriría una nueva "refrendación popular" si se quieren utilizar los mecanismos del acto legislativo (fast track, facultades extraordinarias, bloque de constitucionalidad, etc.)
De igual forma, aclara que Colombia no está incumpliendo con sus obligaciones internacionales derivadas de un Acuerdo Especial bajo el Derecho Internacional Humanitario, porque el mismo acuerdo (que es ley para las partes) estaba sometido al plebiscito como mecanismo de "refrendación popular".