La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decretó la primera medida cautelar contra Viva Airlines Perú, representación internacional de Viva Air, para proteger a una pasajera afectada por la suspensión de operaciones de la aerolínea; la cual entró en cese de operaciones.
La usuaria interpuso una demanda de protección al consumidor por la suspensión de operaciones y, ante la rápida necesidad de velar por los derechos e intereses de cientos de personas que, como la demandante, han sido afectados con la decisión de la aerolínea.
Ante la solicitud de la demandante, la SIC le ordenó a Viva Air la inmediata devolución del dinero cancelado por los tiquetes aéreos a la afectada o su reubicación en otra aerolínea sin costo alguno.
Esto debido a que tras la decisión del cese de operaciones por parte de la aerolínea, se daría cuenta de una flagrante vulneración a los derechos de consumidor previstos en la Ley 1480 de 2011 e incluso, normas de contenido constitucional.
"No solo por los efectos de la decisión unilateral e intempestiva de suspender sus servicios, sino además, en pleno desconocimiento de sus obligaciones y responsabilidades como proveedor de un servicio de vital importancia para consumidores y usuarios", indicó la SIC.
Es importante que los usuarios conozcan que al llevar a cabo una demanda, es fundamental que soliciten la medida cautelar para que esta salga más rápido y no tenga que poner una queja directa antes hacia la aerolínea, ya que el proceso sería más lento esperando que les acepten la demanda.
A su vez si el vuelo adquirido es nacional, deberá imponer la demanda contra la sociedad Fast Colombia S.AS, y para vuelos adquiridos a nivel internacional deberá ser en contra de Viva Airlines Perú SAC.
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