Procuraduría activa grupo élite contra participación política indebida y contratación irregular
El procurador explicó que solo aquellas conductas que están expresamente definidas como prohibidas en el Código Disciplinario y en las circulares vigentes son objeto de vigilancia y eventual sanción.
La Procuraduría General de la Nación confirmó la puesta en marcha y el fortalecimiento de un grupo élite dedicado a la persecución de la indebida participación en política y de eventuales irregularidades en la contratación estatal, en el marco del cumplimiento de la Ley de Garantías de cara a los procesos electorales de Congreso y Presidencia para el periodo constitucional 2026–2030.
El procurador general, Gregorio Eljach, explicó que la actuación del Ministerio Público no se limita a la contratación estatal y que el énfasis está puesto también en prevenir y sancionar el uso indebido del cargo público con fines proselitistas. “Se han adelantado algunas preventivas, tenemos un grupo élite de persecución de la indebida participación en política, no solamente de la contratación. Entendamos que esto no es automático, que alguien dijo y yo lo sanciono; esto tiene un debido proceso, tiene unos tiempos, tiene unas garantías, tiene un derecho de defensa”, señaló.
La normatividad vigente prohíbe expresamente a los funcionarios públicos utilizar su cargo, los recursos del Estado o información reservada para apoyar candidatos, hacer proselitismo político o presionar a sus subalternos. No obstante, el procurador precisó que no toda manifestación política constituye una falta disciplinaria. “Tenemos unas tareas que hemos venido haciendo en preventiva, tenemos unas circulares que todos los alcaldes conocen. No podemos ponerle un funcionario nuestro a cada candidato, a cada funcionario público, pero estamos vigilantes de que no se haga indebida participación en política; eso hay que dejarlo muy claro, no toda manifestación en política resulta indebida, resulta castigable”, afirmó.
Procuraduría General.
Foto: Procuraduría General.
En ese sentido, el jefe del Ministerio Público explicó que solo aquellas conductas que están expresamente definidas como prohibidas en el Código Disciplinario y en las circulares vigentes son objeto de vigilancia y eventual sanción. “Solo aquellas que el código o las circulares establecen como indebidas, como prohibidas, esas las estamos vigilando, y ya venimos produciendo algunos resultados que ustedes mismos han señalado”, agregó.
Sobre la forma en la que actúa la Procuraduría en estos casos, Eljach sostuvo que se trata de un trabajo técnico y discreto: “Nosotros venimos actuando silenciosamente, no hacemos algarabía de todo lo que hace la Procuraduría. Somos un organismo pacífico que da resultados cuando hace los fallos. No es tan inmediato, pero sí tenemos un rigor en asumir qué conductas podrían resultar violatorias de la prohibición de indebida participación y cuáles no lo son”, indicó.
El procurador insistió en que los procesos disciplinarios requieren tiempo y el respeto estricto de las garantías procesales de las personas investigadas. “Eso lleva un tiempo, un procedimiento y unos derechos que a las personas involucradas también hay que garantizarlos. Nosotros somos neutros en eso”, subrayó, al tiempo que envió un mensaje directo a los servidores públicos: “A todos quienes ejercen funciones públicas se les hace la misma invitación, el mismo llamado, no hagan participación indebida en temas políticos, porque tienen que atenerse a las consecuencias”.
Foto: Procuraduría General de la Nación.
En paralelo, la Procuraduría ha reiterado a los nominadores, jefes de personal y responsables de control interno de las entidades del Estado las restricciones en materia de empleo público previstas en la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías. Estas limitaciones aplican con ocasión de los procesos electorales de Congreso de la República y de Presidente para el periodo 2026–2030.
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La entidad recordó que, durante los cuatro meses previos a las elecciones legislativas y presidenciales, está prohibida la modificación o afectación de la nómina estatal, así como la vinculación de nuevo personal, salvo en las excepciones expresamente contempladas por la ley.