Tras conceptos de Procuraduría y Defensoría, Camilo Romero pide respeto a elección de defensa
Las entidades rechazaron que la Corte Suprema de Justicia designará una abogada suplente al precandidato presidencial sin su aval ni el de su defensor.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Tras la audiencia del lunes, 20 de octubre, contra Camilo Romero, precandidato presidencial y exgobernador de Nariño, por presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato de licores en el departamento, su defensa emitió un comunicado en el que pidió respeto por su derecho a elegir libremente a su abogado de defensa.
En el pronunciamiento, respaldado por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, se cuestionó la decisión de la Corte Suprema de Justicia de continuar el juicio sin el defensor de confianza de Romero, Miguel Ángel del Río, quien no pudo asistir a múltiples sesiones por incapacidad médica.
Según el magistrado Ariel Torres, la decisión se tomó conforme a la ley al designar una defensora adscrita a la Defensoría del Pueblo identificada como Ruth Marina Pulido, ante las reiteradas inasistencias de Miguel Ángel y la falta de un suplente de confianza.
Sin embargo, la Defensoría del Pueblo aclaró que, aunque la medida era jurídicamente procedente, la figura del defensor público suplente no existe en el ordenamiento colombiano.
Además, recordó que su labor se rige por los principios de subsidiariedad y residualidad, y que su función busca garantizar la defensa técnica en casos de imposibilidad económica, no reemplazar al abogado elegido por el acusado.
Por su parte, la Procuraduría General de la Nación, a través de la procuradora delegada Martha Luz Canabal, señaló que la dilación del proceso no se debía a la incapacidad médica del abogado de Romero, sino a decisiones del magistrado que, según ella, vulneraban la continuidad de la defensa y podían generar nulidades futuras: “El artículo 121 del Código de Procedimiento Penal establece que la designación de un defensor suplente corresponde al defensor principal, con autorización del acusado. No se puede sustituir esta voluntad mediante una designación judicial”, afirmó.
La defensa de Camilo Romero afirma que pese al pronunciamiento de estas entidades, la cual se encarga de velar por los derechos fundamentales en el proceso penal, el magistrado de la Corte Suprema de Justicia Ariel Torres mantuvo su decisión de continuar con las audiencias la cual fue rechazada por Colegio de Abogados Penalistas de Colombia y por reconocidos juristas como Iván Cincino y Francisco Bernate.