La Procuraduría llamó a juicio disciplinario al capitán de la Policía, Manuel Cubillos Rodríguez, investigado disciplinariamente por su presunta responsabilidad en la muerte del joven Dilan Cruz durante las manifestaciones ocurridas el 23 de noviembre de 2019.Para la Procuraduría, el oficial aparentemente habría incurrido en una falta disciplinaria con culpa grave al accionar su arma de dotación (escopeta calibre 12 mm) con lo que desconoció lo dispuesto en la reglamentación establecida para la utilización de armas no letales.“El oficial investigado no tuvo el cuidado necesario al accionar la escopeta que portaba, toda vez que independientemente que dicho elemento esté enlistado dentro de las armas menos letales, siempre causará afectación a la integridad de las personas”, indicó la Procuraduría.En el pliego de cargos formulado contra el oficial, el órgano de control resaltó que su entrenamiento en el manejo y control de multitudes; y en el empleo de elementos, dispositivos, municiones y armas no letales, lo hacía conocedor de las consecuencias del accionar de estas armas de dotación.“De los elementos de prueba que reposan en el plenario se puede deducir que el oficial investigado posiblemente trasgredió normas que regulan el régimen disciplinario para la Policía Nacional, en concordancia con el código penal y como consecuencia de ello, su actuación, conducta, puede constituir falta disciplinaria que compromete su responsabilidad en el ejercicio del cargo y de sus funciones, conforme se desprende del análisis de las pruebas”, señaló el pliego de cargos.El proceso se remitió a las Procuradurías Delegadas para el Juzgamiento (reparto), quienes se encargarán de la etapa de juicio disciplinario en contra del oficial.
La Corte Constitucional concedió una acción de tutela a los familiares de Dilan Cruz, asesinado en noviembre de 2019, para que se traslade la investigación que adelanta contra el capitán del ESMAD Manuel Cubillos, de la justicia penal militar a la Fiscalía General de la Nación.La Sala plena del alto tribunal tomó la decisión al revisar el mecanismo interpuesto por los parientes del joven manifestante, contra una decisión de la extinta Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que envió a la jurisdicción militar la investigación contra el oficial.La decisión se produce 48 horas después de que la Corte Constitucional ordenara al juez 189 de Instrucción Penal Militar la suspensión de la práctica de pruebas en este proceso.De acuerdo con los familiares de Dilan Cruz, “mientras la conducta del uniformado se encuentre en investigación por la Jurisdicción Penal Militar, la vulneración en curso se hace más profunda y genera espacios de revictimización de los familiares que reclaman justicia y no encuentran las garantías del orden constitucional y del derecho internacional de los derechos humanos según las cuales este tipo de hechos deben ser investigados y juzgados bajo los máximos estándares y no en tribunales marciales.”.Dilan Cruz resultó herido en calle 19 con carrera 4, el sábado 23 de noviembre de 20109, en medio de una manifestación en Bogotá. Días después, el joven murió. El capitán de la Policía Manuel Cubillos es señalado del homicidio del joven. El caso cobró fuerza a nivel nacional e internacional y abrió un duro debate sobre el uso de munición supuestamente "no legal" en contra de manifestantes. Escuche esta noticia en Meridiano BLU:
La Corte Constitucional dictó una medida provisional en el proceso que actualmente lleva el Juez 189 de Instrucción Penal Militar por la investigación de Dilan Cruz y ordenó suspender la recolección de nuevas pruebas y evidencias, hasta que la Sala Plena de la Corte falle de fondo una acción de tutela que interpuso la familia del manifestante que falleció en medio de los disturbios que se registraron el 23 de noviembre de 2019.La decisión se produjo tras una solicitud de la familia del manifestante a la Corte, donde cursa una tutela que pide el traslado de la investigación a la Fiscalía, por considerar que no es la Justicia Penal Militar la competente para adelantar la investigación contra el capitán Manuel Cubillos del Esmad, jurisdicción que según los parientes no ofrece garantías para proferir decisiones imparciales y objetivas.En el Auto 259 de 2021, proferido por la magistrada Diana Fajardo, la Corte respondió a los familiares de Cruz, quienes consideran que “mientras la conducta del uniformado se encuentre en investigación por la Jurisdicción Penal Militar, la vulneración en curso se hace más profunda y genera espacios de revictimización de los familiares que reclaman justicia y no encuentran las garantías del orden constitucional y del derecho internacional de los derechos humanos según las cuales este tipo de hechos deben ser investigados y juzgados bajo los máximos estándares y no en tribunales marciales.”.La Corte, inicialmente, dio credibilidad a los testimonios de la familia de Cruz y accedió a decretar la suspensión hasta que la tutela sea resuelta definitivamente.“La Sala advierte que existen fundamentos jurídicos razonables para estimar que la demanda de amparo tiene vocación aparente de viabilidad. En efecto, de las circunstancias de hecho que rodearon la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, prima facie se aprecian elementos mínimos que permiten considerar la posibilidad de que la conducta del uniformado deba ser conocida por la Jurisdicción Penal Ordinaria y no por la Jurisdicción Penal Militar”, señala la Corte.
En medio de un nuevo escenario de agitación social que han conllevado actos de vandalismo y denuncias de posibles excesos de integrantes de la Policía, se conocieron dos decisiones judiciales relacionadas con casos emblemáticos en los que dos estudiantes murieron en medio de protestas.La primera decisión se conoce 16 años después del asesinato del joven Nicolás Neira, en las marchas del primero de mayo de 2005, a manos del patrullero de la policía Néstor Julio Rodríguez, quien ayer fue condenado en primera instancia a una pena de 17 años de cárcel.Según la juez del caso, el patrullero Rodríguez accionó la escopeta que dispara gases lacrimógenos e impactó en la cabeza de Nicolás Neira, sin que hubiera una orden de sus superiores y sin seguir los protocolos que prohíben expresamente accionar esas armas de frente hacia la multitud.El otro caso es la muerte del joven Dilan Cruz, quien murió luego de ser impactado en la cabeza por una Bean Bag, disparada por el capitán del Esmad Manuel Cubillos en pleno corazón de Bogotá, el 19 de noviembre de 2019.En las últimas horas, la Corte Suprema determinó que las investigaciones contra Cubillos deberán continuar siendo adelantadas por la Justicia Penal Militar y no por la Fiscalía.El pronunciamiento de los magistrados se dio en respuesta al trámite de una acción de tutela interpuesta por la familia de Dilan Cruz, que insistía en que este caso fue un homicidio y no tiene relación con las actuaciones del capitán Cubillos relacionadas con su cargo.Escuche el análisis de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:
La Corte Suprema de Justicia determinó que la investigación por el homicidio del joven Dilan Cruz deberá seguir en el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y no por la Fiscalía, como lo solicitó a través de una tutela la familia del manifestante, que murió en las marchas de noviembre de 2019.En el fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que la extinta Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura no violó los derechos fundamentales de la familia del joven Dilan Cruz al enviar la investigación a la Justicia Penal Militar para que se indague la conducta presuntamente irregular del capitán Manuel Cubillos al haber disparado contra Cruz y es en ese escenario donde se deben debatir las pruebas.La familia de Dilan Cruz pidió a la Corte amparar sus derechos porque consideran que no habría imparcialidad en el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar.Sin embargo, el alto tribunal considera que “la providencia por medio de la cual se dirimió el conflicto positivo de jurisdicciones propuesto por el Juzgado 189 de Instrucción Militar, que le asignó a esa jurisdicción la competencia para investigar al capitán Manuel Cubillos Rodríguez, no constituyó una actuación irregular”.Esta es la sentencia de la Corte Suprema de Justicia:
Hablamos ahora del revolcón a la Justicia Penal Militar, luego de la expedición de tres decretos por parte del gobierno nacional que buscan darle independencia, transparencia y celeridad a las decisiones que adopta este sistema penal.Hay que decir que la Justicia Penal Militar, encargada de investigar y juzgar a los integrantes de la Fuerza Pública que cometan delitos relacionados con el servicio, hoy depende del Ministerio de Defensa, lo cual hace que no exista posibilidad alguna de que se garantice una actuación independiente de sus jueces.Adicionalmente, este sistema penal que buscar darle garantías a los militares, se convirtió en un escenario que es interpretado como de impunidad para las víctimas de los uniformados que cometen delitos, porque los procesos son reservados, opacos y muy rara vez terminan en una condena ejemplarizante contra los victimarios.En esa jurisdicción se encuentran casos como el que se adelanta contra el capitán del Esmad Manuel Cubillos por la muerte del joven estudiante Dilan Cruz, caso que a decir verdad, cuenta con muy pocos avances.Básicamente a partir de los próximos meses, el revolcón en la Justicia Penal Militar implica primero, que presupuestal y administrativamente dejará de depender del Ministerio de Defensa, porque ahora tendrá su propia Unidad Administrativa Especial.Además, contará con un consejo directivo en el que tendrán asiento el Ministro de Justicia y el presidente de la Corte Suprema, lo que garantiza que habrá una veeduría permanente y un puente, del más alto nivel, con la rama judicial.Adicionalmente, habrá un Fiscal General de la Justicia Penal Militar y un equipo de fiscales e investigadores, la mayoría adscritos a la Policía, que tendrán que poner sus decisiones a consideración de los jueces, en procesos y diligencias públicas, algo clave para intentar que se garantice la transparencia.Los expertos destacan este revolcón, que estaba en mora de adelantarse desde hace más de una década y las víctimas de los delitos cometidos por militares en actos del servicio, esperan que por fin se quite el manto de impunidad sobre esta jurisdicción.Escuche el análisis y la opinión de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:
Human Rights Watch (HRW) y Robert F. Kennedy Human Rights pidieron justicia por Dilan Cruz, fallecido el 25 de noviembre de 2019 por un proyectil disparado por un miembro del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía durante una manifestación pacífica en Bogotá.Las organizaciones presentaron una intervención ante la Corte Constitucional para manifestar que las instituciones del país deben respetar el derecho a la protesta pacífica, así como "garantizar investigaciones independientes e imparciales sobre el uso de la fuerza policial en contra de manifestantes", incluidos los casos de homicidios.Cruz, de 18 años, murió por las heridas sufridas en la cabeza por el disparo de un agente del Esmad con una escopeta calibre 12 cuya munición era una bolsa con "múltiples perdigones de plomo", según un informe forense que consideró el caso como "homicidio" violento.La muerte del joven, ocurrida durante el paro nacional de 2019 contra las políticas económicas del Gobierno y la violencia, ha motivado múltiples protestas en contra de la brutalidad policial y la impunidad en su caso, así como a favor de las manifestaciones pacíficas.Impunidad en la justicia militar El caso de Cruz fue remitido por el Consejo Superior de la Judicatura a la Justicia Penal Militar donde, según advirtieron las organizaciones "ha habido pocos, si es que algún, progreso"."La Justicia Penal Militar en Colombia no garantiza investigaciones independientes e imparciales sobre violaciones de derechos humanos y no debería tratar el caso de Dilan Cruz", señaló Kerry Kennedy, presidenta de Robert F. Kennedy Human Rights, citada en un comunicado.Kennedy manifestó que "las autoridades colombianas deben transferir el proceso a la justicia ordinaria y garantizar que la familia de Cruz obtenga la justicia que merece", pues en el proceso ningún oficial ha sido imputado por su muerte."La Corte Constitucional de Colombia debe enviar un mensaje claro de que los oficiales que participen en violaciones de derechos humanos serán investigados, procesados y castigados", señaló por su parte el director para las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco.HRW ha advertido que en varios casos la Policía "empleó la fuerza de manera excesiva contra los manifestantes, incluidos casos de golpizas y detenciones arbitrarias", como el de Javier Ordóñez, que murió en septiembre pasado luego de ser sometido brutalmente por dos patrulleros de la Policía que descargaron de manera prolongada sobre él una pistola eléctrica táser durante su arresto en Bogotá."En la práctica, la impunidad en estos abusos permite que las violaciones de derechos humanos continúen", advirtió Vivanco.
El general (r) Héctor Castro, presidente del Colegio de Generales en Retiro de la Policía, aseguró en Mañanas BLU 10:30, cuando Colombia está al aire que en el caso de Dilan Cruz no puede hablarse de un asesinato ni de un exceso de fuerza. "A mi juicio no fue un exceso de fuerza. La escopeta no es un arma de precisión. El que la disparó no la disparó contra Dilan Cruz, es un arma que se lanza de manera parabólica para disolver a las personas que están actuando en una manifestación", declaró el oficial en retiro. "No se puede hablar de un exceso", reiteró el general (r) Castro. De acuerdo con el presidente del Colegio de Generales en Retiro de la Policía, solo las investigaciones podrán determinar lo que sucedió en el caso del estudiante. "Hay algunos que fungen como abogados y dicen 'eso fue un asesinato'. No, eso fue un homicidio y habría que mirar si fue culposo, porque no se previó una consecuencia nociva o de pronto un homicidio preterintencional porque fue más allá de su intención o un homicidio con causal porque concurrió otra causa", declaró.Escuche al general Héctor Castro en entrevista con Mañanas BLU 10:30, cuando Colombia está al aire: Vea el Facebook Live del tema central de Mañanas BLU 10:30, cuando Colombia está al aire: Escuche el análisis en el tema central de Mañanas BLU 10:30, cuando Colombia está al aire:
En video quedó registrado el momento en el que la alcaldesa Claudia López tuvo que ser retirada con cordón de seguridad en medio de fuertes abucheos en el evento en el que se homenajeaba al joven Dilan Cruz.Gritos y chiflidos de los asistentes al evento obligaron a la alcaldesa a irse de la calle 19 con cuarta, lugar en el que Dilan resultó herido, con el disparo de la escopeta calibre 12 del Esmad, en medio de las manifestaciones de hace un año, el joven murió días después.“Asesina”, “politiquera”, fueron algunos de los gritos a la alcaldesa Claudia López.Vea aquí videos del hecho:Más de 100 personas llegaron al centro de Bogotá para rendir homenaje a Dilan Cruz a un año de su muerte en la esquina de la calle 19 con carrera 4 tras un disparo de una escopeta calibre 12 accionada por un capitán del Esmad.Durante el acto que se realizó en el centro de la ciudad hubo muestras artísticas, concierto y hasta murales pintados por diferentes colectivos. “Con esto buscamos que la memoria de Dilan no se apague”.La alcaldesa publicó en su cuenta de Twitter un mensaje refiriéndose a la familia de Dilan Cruz y, además, habló sobre la "ira y frustración" de muchos jóvenes.
Más de 100 personas llegaron al centro de Bogotá para rendir homenaje a Dilan Cruz a un año de su muerte en la esquina de la calle 19 con carrera 4 tras un disparo de una escopeta calibre 12 accionada por un capitán del Esmad.Durante el acto que se realizó en el centro de la ciudad hubo muestras artísticas, concierto y hasta murales pintados por diferentes colectivos. “Con esto buscamos que la memoria de Dilan no se apague”.“Él no estaba armado, él no era un delincuente, simplemente salió a exigir sus derechos como cualquier persona”, dijo uno de los jóvenes que asegura estuvo con Dilan el día de su muerte.