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Día clave para el contrato de la Ruta del Sol tramo II: opinión de Ricardo Ospina

Luego de dos años y siete meses del estallido del escándalo de corrupción de Odebrecht, un tribunal de arbitramento dará su veredicto.

340424_BLU Radio // Ruta del sol 2 // Foto: Facebook Ruta del Sol II S.A.
BLU Radio // Ruta del sol 2 // Foto: Facebook Ruta del Sol II S.A.
Este martes se conocerá el desenlace de uno de los contratos de infraestructura más controvertidos de los últimos tiempos en el país: luego de dos años y siete meses del estallido del escándalo de corrupción de Odebrecht, un tribunal de arbitramento

dará su veredicto sobre el contrato para la construcción de la Ruta del Sol Tramo 2.

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Esa obra, que tuvo su “pecado original” desde cuando fue adjudicada en 2009 a Episol, tras el pago de un soborno de 6,5 millones de dólares al exviceministro de Transporte Gabriel García Morales y que fue suspendida tras esta revelación, alcanzó un avance del 52 por ciento, que se apalancó gracias a créditos bancarios y a inversiones de los socios de Episol: Odebrecht, socio mayoritario, Corficolombiana, perteneciente al Grupo Aval y en una mínima proporción del Grupo Solarte.

En total se invirtieron 6,5 billones de pesos en la construcción de la Ruta del Sol 2, en la obra, mantenimiento, operación e intereses de los créditos bancarios. Hasta el momento el Estado colombiano ha pagado 4,5 billones de pesos, por lo que la concesionaria considera que todavía falta el pago de dos billones de pesos aproximadamente, que si la obra hubiera terminado, se habrían pagado con vigencias futuras y con el cobro de peajes.

Cuáles son los caminos que puede tomar hoy el Tribunal: debe decidir si anula o no anula el contrato. Según personas enteradas del litigio consultadas por BLU Radio, es muy probable que la vía elegida sea la liquidación del contrato.

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Si no se anulara, opción poco probable, las partes, es decir la ANI y Episol tendrían que recurrir a tribunales internacionales para hacer efectiva la liquidación del contrato con el fin de hacer los pagos respectivos de las inversiones realizadas y de los créditos solicitados.

Si el Tribunal de arbitramento decide anular el contrato, hay a su vez dos opciones: liquida la sociedad constituida para la construcción y debe decidir cuál de los tres peritazgos que tiene en sus manos utiliza para ese fin, el de la ANI, el de Corficolombiana o un tercero que fue encomendado a la firma internacional Duff & Phelps.

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Esa es la “almendra” del asunto, pues los peritazgos son muy disímiles entre sí, por ejemplo, el de la ANI afirma que el valor final de la obra es de 570 mil millones de pesos, el de la concesionaria dice que es de 2 billones 457 mil millones de pesos y el de Duff & Phelps da cifras negativas y obligaría al concesionario a pagar al Estado cerca de 1.800 millones de dólares.

Si el Tribunal llegara a aceptar el peritazgo de la ANI, el Estado colombiano tendría que sacar cerca de 900.000 millones de pesos adicionales para saldar las deudas que hay por la construcción de la obra.

Una vez tomada la decisión sobre el peritazgo que se utilizará para la liquidación, tendrá que definirse la categoría clave de quiénes son los terceros de buena fe, en cuya categoría podrían estar los bancos, para proceder a los pagos y también se definirá quiénes son los terceros que no son de buena fe.

Si el Tribunal de arbitramento, de manera poco probable, decidiera anular el contrato, pero no liquidara la sociedad,

el escenario sería similar al que tendríamos si no se diera la nulidad.

Escuche aquí la editorial de Ricardo Ospina completa, en Mañanas BLU:

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