Una denuncia radicada ante la Procuraduría General de la Nación encendió las alertas sobre la utilización indebida de recursos públicos y una posible intervención en política por parte de un contratista de la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME). El caso involucra a Daniel Felipe Mantilla Avendaño, quien, según el abogado Mauricio Pava Lugo, habría empleado su correo institucional (@upme.gov.co) para enviar una comunicación interna del Partido de la U, antes de que esta fuera notificada oficialmente por el propio partido.
De acuerdo con la denuncia, el 28 de octubre de 2025, a las 11:28 de la mañana, Mantilla remitió al representante a la Cámara Julián David López Tenorio un mensaje con el asunto "Citación para notificación personal y solicitud de autorización para notificación electrónica CNDCE-010-2025". En el correo, enviado desde la dirección oficial de la UPME, adjuntaba un documento del Comité Nacional de Disciplina y Control Ético del Partido de la U, donde se informaba la apertura de una investigación y la imposición de una medida cautelar de suspensión de militancia. Horas después, a las 2:08 p. m., el mismo mensaje fue enviado por el correo oficial del Partido de la U, lo que dejó en evidencia que el contratista se había anticipado a la notificación formal.
El hecho de que la primera comunicación saliera de una cuenta institucional del sector minero-energético resulta especialmente grave, pues implica un uso irregular de medios oficiales para tramitar asuntos de carácter político y partidista. La Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario) tipifica como falta gravísima la participación de servidores o contratistas del Estado en actividades políticas, así como el aprovechamiento del cargo o de recursos institucionales para favorecer o perjudicar intereses partidarios. En este caso, el correo institucional no solo sirvió de canal para difundir información ajena a la misión de la entidad, sino que además comprometió la imparcialidad y neutralidad administrativa de la UPME.
Para el abogado denunciante, la actuación de Mantilla no puede considerarse un error involuntario. La coincidencia exacta del documento con la comunicación posterior del Partido de la U, sumada a su envío anticipado, "demuestra una actuación voluntaria y consciente", lo que encajaría dentro del tipo disciplinario doloso. La queja sostiene que la UPME, como entidad técnica adscrita al Ministerio de Minas y Energía, carece de cualquier competencia para intervenir en procesos internos de los partidos políticos, por lo que el hecho reviste una gravedad institucional que debe ser investigada con prontitud.
El caso pone en el centro del debate el uso responsable de las herramientas tecnológicas y de los canales oficiales de comunicación del Estado, recordando que cada correo institucional representa no solo un medio de trabajo, sino también un símbolo de confianza pública que debe estar al servicio exclusivo de los fines del Estado, no de intereses políticos o particulares.