El Tribunal Superior de Medellín, en su sala Cuarta de Decisión Laboral, resolvió revocar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito, declarando improcedente la acción de tutela interpuesta por la Gobernación de Antioquia.
La decisión, que se dio en respuesta a la impugnación presentada por el Ministerio de Educación, señala que esta cartera sí dio respuesta de manera oportuna, completa y de fondo al derecho de petición radicado por el ente territorial, por lo que no existía ninguna vulneración ni amenaza a derechos fundamentales.
La decisión de segunda instancia concluyó que la tutela carecía de objeto y que la actuación del Ministerio se ajustó a la ley.
Sobre el caso, hay que recordar que la Gobernación de Antioquia solicitó al Ministerio de Educación información sobre presuntos retrasos en el pago de cesantías a docentes por un valor cercano a 4.000 millones de pesos; aunque la cartera respondió dentro del plazo legal, el Departamento interpuso una tutela alegando que no se entregaron los documentos específicos requeridos.
Sobre este punto, la decisión indica que los documentos adicionales reclamados por la Gobernación correspondían a una solicitud distinta y posterior, también atendida por el ministerio dentro del término legal.
En un comunicado, mineducación desmintió la versión según la cual el ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, habría sido sancionado con arresto y multa por un supuesto incumplimiento, con la primera decisión emitida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Medellín, pues según indicaron “el auto que circuló en medios no está ejecutoriado”, es decir, que aún no ha quedado en firme ni produce efectos jurídicos definitivos porque puede ser objeto de recursos o revisión.