Consejo de Estado anuló sanción contra William Dau por compra de pruebas de COVID-19
La sanción disciplinaria había sido impuesta por la compra de 25.000 pruebas rápidas de COVID-19 en 2020, a través del contrato suscrito por $725 millones de pesos con la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda.
El Consejo de Estado dejó sin efectos la sanción disciplinaria impuesta por la Procuraduría General de la Nación al exalcalde de Cartagena William Jorge Dau Chamatt, que lo había destituido e inhabilitado por nueve años para ejercer cargos públicos.
La Sala Especial de Decisión concluyó que los fallos de primera y segunda instancia fueron contrarios a derecho, ya que sancionaron una conducta que no configuraba falta disciplinaria.
La sanción disciplinaria había sido impuesta por la compra de 25.000 pruebas rápidas de COVID-19 en 2020, a través del contrato suscrito por $725 millones de pesos con la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda., una compañía que, según la Procuraduría, no acreditaba la experiencia ni los requisitos necesarios para ejecutar el objeto contractual.
Prueba COVID-19 //
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El órgano de control alegó que Dau actuó en detrimento del patrimonio público y desconoció principios de la contratación estatal.
Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que el señalamiento disciplinario carecía de fundamento jurídico. En primer lugar, señaló que la contratación se realizó bajo la figura de urgencia manifiesta, habilitada durante la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno nacional en 2020, lo que eximía al entonces alcalde de elaborar estudios previos o justificar de manera ordinaria el proceso.
También determinó que la Procuraduría vulneró los principios de presunción de inocencia e in dubio pro disciplinado, es decir, si hay duda sobre la responsabilidad de un funcionario en un proceso disciplinario, esa duda debe resolverse a su favor, pues utilizó pruebas obtenidas después de la firma del contrato para cuestionar la capacidad del contratista.
Finalmente, el alto tribunal advirtió incongruencias en el juicio disciplinario: mientras el cargo se centró en la firma del contrato, la Procuraduría extendió el análisis a supuestas omisiones en el control de funciones delegadas al Director del Dadis, lo que configuró una variación indebida del cargo. Por estas razones, se declaró la nulidad de la sanción.