La Fiscalía General de la Nación pide que el hijo mayor del presidente, Nicolás Petro, sea recluido en una cárcel de Barranquilla para facilitar su comparecencia y afirman que una detención domiciliaria no sería procedente en este nuevo proceso que se le adelanta por presuntamente apropiarse de dineros públicos.
Durante la audiencia de medida de aseguramiento contra Nicolás Petro, la fiscal Lucy Laborde argumentó ante el juez que, mientras avanza el juicio por los cinco nuevos delitos imputados, el hijo mayor del presidente podría ocultar pruebas aprovechando su “estatus influyente”, así como interferir con testigos que podrían resultar relevantes en el proceso.
Por ello, insistió en que la única medida adecuada es la reclusión en un centro penitenciario.
En este sentido, pidió al juez que al hijo mayor del presidente Gustavo Petro lo envíe a una cárcel de Barranquilla, dado que esto facilita su comparecencia tanto al juicio por lavado de activos y enriquecimiento ilícito como a la nueva investigación en su contra.
Lo anterior, teniendo en cuenta que, al estar incluido en la lista OFAC, no puede adquirir tiquetes aéreos.
“Solicita a usted en el evento de imponer esa medida restrictiva de la libertad en establecimiento carcelario al señor Nicolás Fernando Petro Burgos se haga el establecimiento carcelario de la ciudad de Barranquilla, lo cual le permitiría acudir al proceso penal por lavado de activos y enriquecimiento ilícito de servidor público que se le sigue ante el señor juez segundo penal especializado de la ciudad de Barranquilla, toda vez que, por este encontrarse registrado en esa lista OFAC, pues no puede viajar”, pidió Laborde.
La representante de la Fiscalía descartó de plano la posibilidad de una detención domiciliaria. Aseguró que esta medida resulta improcedente por la gravedad de los delitos investigados y porque se generaría condiciones favorables para una posible obstrucción de la justicia.
“Esta medida sería desproporcionada, señoría. El señor Petro Burgos reside en un lugar con acceso a todos los medios tecnológicos, a la posibilidad de que muchas personas influyentes acudan. Puede salir y entrar a su libre albedrío en los vehículos que nadie puede requisar, pues su esquema de seguridad no lo permitiría. Es de mencionar, su señoría, que el señor Nicolás Fernando Petro en la actualidad vive o reside mejor, en un lugar con acceso a todos los medios y relaciones de alto nivel”, puntualizó.
El desarrollo de la diligencia se vio interrumpido en varias ocasiones por el abogado defensor de Nicolás Petro, Alejandro Carranza.
El juez, visiblemente molesto, le llamó la atención por las constantes interrupciones a la intervención de la fiscal y advirtió que, de continuar con esa conducta, podría imponer medidas disciplinarias al considerar que estaba intentando torpedear el trabajo del ente acusador.
Documentos falsos
La funcionaria señaló que Petro habría incurrido en el delito de falsedad en documento público al presentar un certificado laboral en el que aseguraba haber trabajado para el Grupo de Energía Delta Ltda. Sin embargo, la compañía informó posteriormente que el exdiputado no ha tenido ningún vínculo contractual con ellos y, por ende, nunca recibió los pagos que él mismo certificó.
“El grupo de energía Delta Ltda allegó una certificación en la cual manifiesta que el representante de esa entidad certifica que Nicolás Fernando Petro Burgos no ha tenido vínculo laboral, contractual ni asesoría con esta empresa, así como jamás se ha realizado pagos por ningún concepto en el periodo de enero de 1998 fecha de creación de la empresa, hasta la fecha de expedición de la presente certificación”, expresó Laborde, al argumentar que esto constituye un delito de falsedad en documento público.
Asimismo, Laborde argumentó ante el juez que, mientras avanza el juicio por los cinco nuevos delitos imputados, Petro Burgos podría ocultar pruebas aprovechando su “estatus influyente”, así como interferir con testigos que podrían resultar relevantes en el proceso. Por ello, insistió en que la única medida adecuada es la reclusión en un centro penitenciario.
Uno de los puntos que detalló la fiscal tiene que ver con el presunto ingreso indebido de funcionarios públicos, entre ellos, un miembro de la Policía Nacional sin relación con el caso, al Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA).
Según Laborde, estos ingresos habrían tenido como propósito extraer información reservada del proceso para entregársela al procesado.