La Procuraduría General de la Nación confirmó en fallo de primera instancia sanciones contra el exalcalde de Mogotes, Santander, Édgar Rueda Triana, y seis concejales del municipio por presuntas irregularidades en la aprobación del acuerdo que declaró el Cañón del Río Mogoticos como zona de especial protección y utilidad pública.
La decisión fue proferida por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de San Gil, que determinó que el entonces mandatario se extralimitó en el ejercicio de sus funciones al sancionar el Acuerdo Municipal No. 005 del 31 de mayo de 2021, sin que se cumplieran los requisitos legales exigidos para este tipo de declaratorias.
En el mismo sentido, el ente de control disciplinario estableció que varios integrantes del Concejo Municipal avalaron la iniciativa pese a la inexistencia de los presupuestos normativos necesarios, lo que derivó en sanciones de suspensión de tres meses.
Entre los sancionados se encuentran los exconcejales Moisés Gutiérrez Corzo, Óscar Becerra Pinto y Gonzalo Galán Álvarez, así como los actuales cabildantes del periodo 2024–2027 Ernesto Calderón Blanco, Gerardo Sierra Argüello y Diomedes Vásquez Gómez.
De acuerdo con la Procuraduría, las actuaciones de los servidores públicos vulneraron el principio de moralidad administrativa, al aprobar y sancionar una medida que no contaba con el sustento jurídico requerido para su expedición.
En el caso del exalcalde Édgar Rueda Triana, la sanción impuesta corresponde a una suspensión de cuatro meses. Para los concejales, la suspensión fue fijada en tres meses, al determinarse que incurrieron en falta grave a título de culpa grave.
La autoridad disciplinaria precisó que el proceso se originó a partir de la revisión de la actuación administrativa mediante la cual se pretendió declarar el Cañón del Río Mogoticos como área de utilidad pública, decisión que, según el fallo, no cumplía con los requisitos legales establecidos.
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La Procuraduría aclaró que la decisión es de primera instancia, por lo que los sancionados podrán interponer los recursos correspondientes para su defensa.
En los casos de los funcionarios que actualmente no ejercen cargos públicos, la sanción será convertida en salarios, calculados con base en la remuneración devengada al momento de los hechos ocurridos en 2021.
Con este pronunciamiento, el Ministerio Público reiteró su función de vigilancia sobre las actuaciones administrativas de los servidores públicos y la obligación de garantizar que las decisiones de las entidades territoriales se ajusten estrictamente al marco legal vigente.