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Mario Barragán no podrá posesionarse como personero de Floridablanca, Santander, tras fallo judicial

El juez sexto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga, aceptó una medida cautelar en un proceso de nulidad simple que suspende provisionalmente, la posesión de Mario Barragán, elegido por el Concejo de Floridablanca para ocupar el cargo de personero en ese municipio.

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Mario Barragán, personero electo Floridablanca 2024-2028
Blu Radio. Mario Barragán, personero electo Floridablanca 2024-2028. Área Metropolitana de Bucaramanga

El fallo del 15 de febrero de 2024 del Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, suspende provisionalmente la posesión de Mario Barragán como personero de Floridablanca 2024-2028, como parte de una medida cautelar solicitada en una demanda que pretende que se declare nula la resolución del Concejo de Floridablanca que convocó y reglamentó el concurso público y abierto de méritos para ese cargo, así como el acto de elección y posesión.

En consecuencia, luego de estudiar la demanda, el juez aceptó la medida cautelar y por el momento, Barragán no podrá posesionarse como personero de Floridablanca.

La demanda de nulidad fue interpuesta por Jenny Andrea Suárez, dentro de las pretensiones alega que “la Resolución 060 del 24 de julio de 2023, la cual convoca y reglamenta el concurso público de méritos para proveer el cargo de Personero de Floridablanca, no determina el grado, el código y el salario (…); situación ésta contraria al inciso segundo del literal a) del artículo 2.2.27.2 del Decreto 1083 de 2015 el cual establece que la convocatoria deberá contener un mínimo de información para que los aspirantes tengan pleno conocimiento de las características del mismo(…)”, dice el fallo.

Esta fue una de las consideraciones que tuvo en cuenta el juez para decretar la medida cautelar de suspensión de todos los actos administrativos que se realizaron durante el proceso de convocatoria y elección del personero de Floridablanca, dice el juez que “tal como lo advierte la parte interesada no se indica en el acto acusado a los participantes cual es el nivel, ni el código, ni el grado, ni mucho menos el salario del cargo a proveer, lo que sin lugar a dudas pudo haber causado una menor participación por parte de aspirantes a concursar a dicho cargo (…)”.

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También considera el juez que haber usado la figura de contratación directa a través del contrato de prestación de servicios para realizar la relación contractual con la Universidad Popular del Cesar, institución que estuvo a cargo de la selección de los participantes, cuando debió utilizarse la figura de convenio o contrato interadmnistrativo, fue un procedimiento irregular.

Frente a este hecho ordena el fallo compulsar copias a la Fiscalía, Contraloría General de la República y a la Procuraduría General de la Nación, de todo el material probatorio para que investigue las posible irregularidades del rector de la Universidad Popular del Cesar, Robert Romero Ramírez, frente a concurso de personero adelantado por el Concejo de Floridablanca para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2024 al 29 de febrero de 2028.

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Mientras hay una decisión de fondo de la demanda de nulidad, continúa como personera de Floridablanca la abogada María Margarita Serrano.

Este es el fallo judicial.

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