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Un año después de la venta, Cafesalud aún tiene demandas por $213.000 millones

Algunas de las deudas son con sus antiguos prestadores. La Supersalud no aprobó una solicitud de desmonte de la EPS.

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BLU Radio, Cafesalud - Foto: BLU Radio

El 24 de mayo de 2017 se concretó la venta de la EPS Cafesalud por más de 1,4 billones de pesos al grupo PrestaSalud. Los contratos y los cerca de 5 millones de afiliados de la otrora Saludcoop pasaron a ser atendidos por la nueva entidad conformada por varias empresas y que terminó llamándose Medimás. Pero Cafesalud debía realizar todo un proceso jurídico para lograr el desmonte de su figura jurídica y desaparecer del sector de la salud.

 

Un año después de la venta, Cafesalud, ya sin pacientes y sin recibir dineros públicos para atender a las personas, tiene procesos ejecutivos por $213.340.756.677. Por esa y otras razones, la Superintendencia de Salud decidió no aprobar una solicitud de desmonte de la antigua compañía.

 

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“Negar la aprobación de programa de desmonte progresivo presentado por Cafesalud EPS S.A”, señala la reciente resolución.

 

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Añade que Cafesalud debe en un plazo máximo de dos meses “conciliar las obligaciones con sus acreedores y presente una certificación de revisor fiscal sobre el valor insoluto de cada una de las acreencias a la Superintendencia Nacional de Salud”.

 

La SuperSalud explica que debido a los procesos ejecutivos, es decir las demandas en su contra por falta de pagos, es imposible la estructuración de planes y programas de pago y no podrá materializarse una reducción de los pasivos.

 

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La entidad de vigilancia ordenó la notificación al representante legal de Cafesalud, Orozman Orozco Rodríguez.

 

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Finalmente, la Superintendencia argumentó que esta decisión fue tomada con base en un análisis técnico que concluyó, entre otras cosas, que “Cafesalud EPS S.A. no suministró Ia discriminación de activos y pasivos. En su lugar, Ia EPS únicamente allegó a esta entidad información relacionada con las condiciones generales en que los mismos fueron adquiridos, pero en lo relativo a Ia no aplicación de trato favorable, se limitó a hacer una declaración negando la existencia de este, sin acreditar lo señalado”.

 

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