
de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El Tribunal Superior de Bogotá falló una tutela de un ciudadano que denunció que, con la destitución de Petro, se habían violado sus derechos políticos al no acatar el Estado las medidas que había dictado la CIDH para evitar la salida del alcalde.
El presidente Juan Manuel Santos había destituído a Petro el pasado 19 de marzo al acatar una orden de la Procuraduría (Ministerio Público) que el 9 de diciembre de 2013 argumentó que el alcalde había cometido graves fallas durante la implantación de un nuevo modelo de recolección de basuras un año antes.
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Ese misma sentencia de la Procuraduría inhabilitó por quince años a Petro para ejercer cargos públicos.
Un día antes de que la destitución se hiciera efectiva, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había otorgado medidas cautelares para evitar que Petro saliera de la Alcaldía, un hecho que no afectó a la decisión del presidente.
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El alcalde Petro, se afianzó en mayo en su cargo luego de que el Consejo de Estado le concediera medidas cautelares que congelan la destitución e inhabilidad por 15 años que le impuso la Procuraduría por el supuesto mal manejo de una crisis de basuras en 2012.
La decisión de otorgar esas medidas a Petro fue adoptada por el magistrado Gerardo Arenas y con ella se suspende la sanción disciplinaria que le impuso la Procuraduría el 9 de diciembre de 2013 hasta que ese tribunal adopte una determinación de fondo sobre la demanda de nulidad interpuesta por la defensa del alcalde.
EFE.