Aclaran si descontarán a trabajadores lo que ya pagaron tras suspensión de aumento de salario mínimo
El Consejo de Estado suspendió el aumento del salario mínimo del 23,78 % y miles de trabajadores se preguntan qué pasará con su sueldo tras esta decisión.
Durante el análisis del auto, el director del servicio informativo de Blu Radio, Ricardo Ospina destacó un punto determinante contenido en el numeral cuarto de la providencia. Allí se establece expresamente que la suspensión provisional no tendrá efectos retroactivos sobre las obligaciones y derechos que se hayan calculado con base en el salario mínimo fijado para 2026, siempre que estos se hayan causado o pagado antes de la expedición del nuevo acto administrativo que deberá emitir el Gobierno.
En términos prácticos, esto significa que los salarios, mesadas pensionales y demás pagos indexados que se liquidaron con el incremento del 23,78 % —por ejemplo, los pagos correspondientes a enero— no deberán ser reintegrados por los trabajadores.
Costo de vida/ Foto de referencia
Foto: Blu Radio
No habrá descuentos sobre lo ya pagado
En la discusión radial se planteó la preocupación de si, tras la suspensión del decreto, podría ordenarse la devolución de los montos adicionales pagados. La respuesta fue clara: no.
“Quiere decir que lo que pagaron en enero no toca devolver el incremento”, se explicó durante el debate. El alcance jurídico inmediato de la medida es hacia futuro. Es decir, la suspensión opera desde el momento en que se expide y no afecta situaciones jurídicas ya consolidadas.
Algunos analistas señalaron que existe una “situación jurídica consolidada” para quienes ya empezaron a recibir el nuevo salario. Una persona que actualmente devenga alrededor de 1'750.905 pesos —cifra aproximada del salario mínimo sin el bono de transporte— tiene un derecho ya causado por los días trabajados y pagados bajo esa norma vigente en su momento.
Incluso, más allá del plano jurídico, se advirtió que sería políticamente complejo y socialmente inviable reducir el ingreso de trabajadores que ya ajustaron sus gastos a la nueva cifra.
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No obstante, el debate no termina allí. Más allá de que no habrá devolución de lo pagado, economistas y panelistas señalaron que el incremento generó efectos en cadena en la economía.
salario mínimo
Foto: Unplash - Blu Radio
El aumento cercano al 24 % impactó precios en restaurantes, servicios y otros bienes indexados al salario mínimo. La pregunta que surge ahora es si, ante un eventual nuevo decreto con una cifra menor, esos precios volverán a bajar. La experiencia indica que los ajustes al alza suelen trasladarse rápidamente al consumidor, pero no necesariamente ocurre lo mismo en sentido contrario.
También se mencionó el impacto fiscal. Cada punto porcentual que el salario mínimo aumentó por encima de la inflación —que fue del 5,10 % el año pasado— representaba un costo significativo para el Estado, especialmente en el régimen de prima media pensional. La diferencia entre inflación y el incremento decretado implicaba varios billones de pesos adicionales en obligaciones fiscales.
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¿Qué sigue ahora?
El Consejo de Estado ordenó al Gobierno expedir un nuevo decreto, esta vez sustentado con una valoración cuantificada y explicada de las variables económicas consideradas, incluyendo inflación y crecimiento.
El Ejecutivo podría volver a fijar una cifra similar si logra justificarla técnicamente, o establecer un aumento diferente. Mientras tanto, la certeza jurídica es una: no habrá descuentos a trabajadores por lo ya recibido tras la suspensión del aumento del salario mínimo.
La discusión continúa, pero el bolsillo de quienes ya cobraron el incremento no se verá afectado retroactivamente.