Advierten a conjuntos residenciales: propuesta mantendría a flote novedoso negocio
Las copropiedades deben actuar pronto y actualizar sus reglamentos internos, teniendo en cuenta los cambios y novedades que traen consigo los nuevos negocios.
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En Colombia, como en varios otros países, las personas han encontrado en los conjuntos residenciales un lugar para poder vivir, sin importar si es de manera independiente o con sus familias. Y es que el acceso a estos beneficios, como la seguridad privada, cámaras de vigilancia y zonas comunes, hace que muchos prefieran este tipo de viviendas.
Ante eso, el crecimiento de la construcción de edificios y conjuntos ha llevado a que se generen nuevos retos y tipos de negocios que han transformado la economía colombiana. Uno de los más populares es el alquiler por temporadas, una práctica que en varios casos ha ocasionado conflicto entre los residentes y ha dejado en evidencia el poco control de los administradores frente al arriendo en temas turísticos.
Ante este panorama, el proyecto de ley 632 de 2025, el cual fue propuesto por los representantes a la Cámara Julio Roberto Salazar Perdomo, Juan Daniel Peñuela Calvache, Armando Antonio Zabaraín de Arce, Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, entre otros, buscaba reformar de manera integral la Ley 675 de 2001, norma que regula el régimen de la propiedad horizontal en Colombia.
Sin embargo, el proyecto se derrumbó y dejó en el limbo la modificación de la Ley 675 de 2001, lo que generó preocupación en muchos ciudadanos frente a la seguridad de los residentes de los conjuntos residenciales. Ante ello, una nueva propuesta sería la solución.
Para quienes viven en conjuntos, la situación es muy clara: las copropiedades deben actuar pronto y actualizar sus reglamentos internos, teniendo en cuenta los cambios y novedades que traen consigo los nuevos negocios. Es decir, se deben definir con mayor claridad el estatus de la vivienda turística (autorizaciones, cupos, tiempos mínimos de estadía, verificación de huéspedes y corresponsabilidad del propietario).
También se deben formalizar mucho más los procesos de ingreso con validaciones de identidad, además de parametrizar el tratamiento de los datos personales y establecer causales y gradaciones de sanción, según lo expone la Ley 675 y la jurisprudencia vigente.
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Esto sería una solución eficiente para mantener la seguridad en los conjuntos, por lo que la asamblea de copropietarios debe aprobar las medidas, mientras que el administrador debería ejecutarlas con procedimientos claros y tiempos de espera verificables.
Ante ese panorama, el vocero de Properix Colombia, Daniel Laverde, señala que el objetivo es pasar de una “portería reactiva” a una gestión mucho más preventiva. Para ello, considera que es importante implementar medidas que sean auditables, así como maximizar los controles para visitantes, domiciliarios y proveedores por medio de una autenticación más robusta. “Fomentar alianzas entre autoridades, administradores de copropiedades y proveedores de tecnología es esencial para construir entornos seguros y resilientes, basados en la confianza mutua y la responsabilidad compartida”, añade Laverde.
Cabe destacar que, a pesar del hundimiento de los proyectos 397 y 632, esto no cambia la idea de modificación, solo la traslada del Congreso a la decisión autónoma de cada conjunto residencial. Ahora, con la permanencia de la Ley 675, las decisiones recaen en lo estipulado en reglamentos más precisos, tecnología interoperable y una administración profesional, teniendo en cuenta los servicios que ofrece la nube, el celular y la capacidad de aprovechar la tecnología.