La suspensión provisional del decreto que eliminaba la exención de IVA para compras internacionales entre 50 y 200 dólares sigue generando incertidumbre entre usuarios, plataformas de comercio electrónico y empresas de mensajería.
En entrevista con Mañanas Blu 10:30, Angélica Rincón, directora ejecutiva de Cladec Colombia, explicó que los operadores courier continúan recaudando el impuesto mientras esperan una directriz formal de la DIAN.
Rincón confirmó que el gremio envió el viernes 30 de enero a las 10:55 de la mañana una comunicación a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales solicitando orientación jurídica tras la decisión de la Corte Constitucional, notificada en la tarde del jueves 29 de enero, que suspendió provisionalmente las medidas tributarias derivadas del estado de emergencia.
“No hemos recibido todavía una respuesta a nuestro correo”, afirmó Rincón. Señaló que la preocupación radica en la falta de claridad sobre la fecha exacta a partir de la cual debe aplicarse la suspensión.
Según explicó, los couriers actúan como intermediarios en el proceso de importación bajo la modalidad de envíos urgentes. “Este recaudo lo hacen nuestros operadores courier, es decir, los intermediarios bajo la modalidad de envíos urgentes. Y este recaudo se liquida cada 15 días y se paga directamente a la DIAN”, indicó.
Añadió que el dinero recaudado “no se lo quedan ellos, sino que se lo entregan a la DIAN, en una liquidación consolidada de pagos que se hace quincenal”.
Frente a versiones que indican que la DIAN no estaría recibiendo estos recursos, la directora de Cladec aseguró que los pagos se han venido realizando conforme al calendario. Precisó que la quincena del 15 al 30 de enero ya fue cancelada y que el 15 de febrero se debe pagar lo recaudado entre el 1 y el 15 de febrero.
En la práctica, cuando un usuario realiza una compra internacional por un valor superior a 50 dólares y hasta 200 dólares, el courier recauda el IVA al momento de la nacionalización del envío. Posteriormente, ese dinero se consolida y se gira a la DIAN.
“Yo soy un mero recaudador e intermediario”, sostuvo Rincón, al explicar que si el operador omite el pago, las sanciones recaen sobre el intermediario.
Durante la entrevista, se mencionó el caso de comunicaciones enviadas por empresas como DHL a sus clientes, en las que recomiendan conservar facturas y comprobantes mientras se define la aplicación de la suspensión.
Rincón confirmó que la incertidumbre jurídica ha llevado al gremio a solicitar claridad formal antes de dejar de cobrar el impuesto.
“Estas posiciones no son vinculantes ni para la DIAN ni para los administrados. Por eso es necesario que se emita una posición jurídica por parte del área jurídica de la DIAN”, señaló.
Agregó que se requiere una definición expresa sobre “la fecha del inicio de la suspensión de la emergencia económica” y el tratamiento de los envíos que estaban en tránsito o en proceso de nacionalización al momento del anuncio de la Corte.
Escuche la entrevista completa en el audio adjunto: