La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, emitió un concepto desfavorable, es decir, negó la solicitud de extradición presentada por el Gobierno de Venezuela contra Luis Alfredo Carrillo o alias 'Gocho' requerido por delitos de homicidio, secuestro, asociación para delinquir y financiación del terrorismo.
Carrillo Ortiz fue capturado en Colombia en febrero de este año por una circular roja de Interpol solicitada inicialmente por Chile, país que también formalizó un pedido de extradición por los mismos hechos: el secuestro y asesinato del exteniente venezolano Ronald Leandro Ojeda Moreno, ocurrido en febrero de 2024 en Santiago de Chile.
En su decisión, la Corte destacó que las conductas atribuidas a Carrillo se cometieron en territorio chileno, lo que activa el principio internacional del “locus delicti commissi”, que otorga preferencia al país donde ocurrió el delito.
Además, recordó que el Tratado de Extradición entre Colombia y Chile de 1914 establece con claridad que debe priorizarse la solicitud del Estado en cuyo territorio se perpetró la infracción.
La Procuraduría había solicitado concepto favorable condicionado para Venezuela, siempre que se garantizaran los derechos humanos del requerido.
Sin embargo, la defensa alegó falta de pruebas, problemas de doble incriminación y riesgos en las condiciones carcelarias del vecino país.
Finalmente, el alto tribunal determinó que la petición venezolana no procede y que corresponde al Gobierno colombiano dar trámite a la solicitud formulada por Chile, que cursa de manera paralela en la misma Sala.