Consejo de Estado les pone freno a contenidos políticos en redes sociales del Gobierno
Según la sentencia, las entidades estatales deben utilizar sus canales de comunicación, incluidas redes sociales, exclusivamente para informar.
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Consejo de Estado fijó nuevos límites al uso de redes sociales de entidades públicas. Dos sentencias recientes advierten que estas cuentas no pueden difundir mensajes políticos ajenos a sus funciones institucionales.
Las decisiones se conocieron en procesos relacionados con el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), y se suman a un fallo previo contra el Servicio Geológico Colombiano. En conjunto, estas providencias empiezan a consolidar un precedente judicial sobre el uso de la publicidad oficial y los canales digitales del Estado.
En el caso de la Superintendencia de Notariado y Registro, la Sección Quinta del Consejo de Estado concluyó que la entidad incumplió el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, norma que regula el uso de recursos públicos en publicidad oficial.
Según la sentencia, las entidades estatales deben utilizar sus canales de comunicación —incluidas redes sociales— exclusivamente para informar sobre programas, servicios y actividades relacionadas con sus competencias legales.
La Sala determinó que la superintendencia publicó en su cuenta oficial contenidos que replicaban declaraciones del presidente de la República sobre una investigación relacionada con una EPS, asunto que no guarda relación directa con las funciones de la entidad.
Por esta razón, el alto tribunal ordenó a la entidad abstenerse en adelante de orientar su publicidad oficial, incluso en redes sociales, hacia temas o campañas que no correspondan a su finalidad institucional.
El Consejo de Estado recordó que la publicidad estatal debe garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir información sobre la gestión pública, pero evitando el uso de mensajes que puedan favorecer a gobiernos, partidos o candidatos.